Los forenses confirman que Mari Ángeles murió por una puñalada directa al corazón y que el acusado “sabía lo que hacía”

El jurado escucha a los médicos y al psiquiatra, que descartan tanto la accidentalidad como la pérdida de control que sostiene la defensa

Cae en Almería una red que traficaba con inmigrantes y también manejaba armas

Audiencia Provincial de Almería
Audiencia Provincial de Almería / DIARIO DE ALMERÍA

La segunda sesión del juicio con jurado que se celebra en la Audiencia Provincial de Almería por la muerte de Mari Ángeles M., apuñalada en la Plaza del Olmo de Dalías el 25 de julio de 2023, ha girado este lunes en torno a las declaraciones de los peritos forenses.

Las dos médicas que realizaron la autopsia han sido contundentes: la víctima murió a consecuencia de una única puñalada torácica “fuerte, directa y descendente”, que atravesó dos costillas, perforó el pulmón y el corazón y provocó un taponamiento cardiaco. La herida, de unos ocho centímetros de profundidad, “no pudo ser accidental”, subrayaron.

“Llegó a romper hueso”, explicó una de ellas, que detalló que el cuchillo penetró “de arriba hacia abajo y de izquierda a derecha”, con un movimiento “de meter, mover y sacar”.

Las forenses también confirmaron la existencia de una lesión en la mano derecha de la víctima, compatible con un intento de defensa o de desviar el arma.

“Todo indica que estaban frente a frente, que la agresión fue directa y con gran intensidad”, concluyeron.

A preguntas de la acusación particular, las especialistas admitieron que el desplazamiento del arma hacia abajo exigió “una fuerza considerable” y que el cuchillo, recién afilado, agravó la capacidad lesiva. “La intensidad del golpe fue importante, dirigida a una zona vital”, añadieron, destacando que el movimiento bastó para fracturar costillas “de las más resistentes del cuerpo humano”.

El forense psiquiátrico, encargado de valorar el estado mental del acusado, fue igual de claro. “No tiene ninguna enfermedad mental ni alteración emocional”, afirmó. “Sabía lo que hacía antes, durante y después de los hechos.”

Según su informe, no existe indicio de arrebato, miedo insuperable ni pérdida de control: “No se trata de un acto impulsivo; hubo una discusión previa y un comportamiento consciente.

Los peritos de criminalística aportaron además las pruebas materiales que sustentan la acusación: el cuchillo hallado en casa del acusado con ADN de la víctima, el bote de espray de defensa personal encontrado en la escena con restos biológicos de ambos y unas gafas con tinte rojo que el acusado llevaba y que coincidían con el producto hallado en el espray.

Con estas evidencias, las acusaciones particulares —representadas por Francisco López Gutiérrez (marido e hijos menores) y José Bonilla (madre y hermanos)— reafirman su tesis de asesinato con premeditación y acecho.

La Fiscalía, por su parte, mantiene su petición de 15 años de prisión por homicidio, mientras que la defensa insiste en que fue una “reacción desproporcionada” tras ser rociado con espray, y pide la libre absolución o, en su caso, homicidio imprudente.

El juicio continuará con los informes finales, antes de que el magistrado Luis Miguel Columna Herrera entregue el objeto del veredicto al jurado popular que deberá decidir si Trinidad G. S. actuó por impulso o cometió un crimen deliberado.

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