El TSJA respalda la decisión del Ayuntamiento de Almería de no proteger El Pingurucho

Patrimonio

El Tribunal Superior avala la catalogación de bienes protegidos tramitada por Urbanismo sin el monumento a los Mártires de la Libertad

El Pingurucho de Almería ya es oficialmente Lugar de Memoria Democrática

Amigos de la Alcazaba solicita la declaración del Pingurucho de Almería como Bien de Interés Cultural

El conocido popularmente como Pingurucho en la renovada Plaza Vieja.
El conocido popularmente como Pingurucho en la renovada Plaza Vieja. / Marian León

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia firme desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Cultural Amigos de la Alcazaba y la Asociación Bicentenario de los Coloraos contra la modificación puntual nº 75 del PGOU-98 de Almería. Esta modificación, aprobada por el Pleno municipal el 21 de mayo de 2022, tenía como objetivo ampliar el Catálogo de Edificios y Espacios Protegidos, incorporando 30 nuevos inmuebles de alto valor histórico y arquitectónico, entre los que no se encontraba el monumento a los Mártires de la Libertad, conocido popularmente como El Pingurucho de la Plaza Vieja.

Es un mazazo para las asocaciones patrimonialistas que perseguían con sus reclamaciones judiciales, entre otros aspectos, blindar el cenotafio de Los Coloraos de un posible cambio de ubicación. La resolución judicial confirma que el expediente fue tramitado con plena legalidad, destacando la motivación detallada de la propuesta y la correcta valoración de las alegaciones presentadas durante el proceso de información pública. El tribunal subraya que la modificación no afecta al monumento de los Mártires de la Libertad ni a la Plaza Vieja, y que su objeto se limita a la inclusión de inmuebles como casas solariegas, el antiguo Palacio de Justicia, la Universidad Laboral y los kioscos de acceso a los refugios de la Guerra Civil.

La sentencia desmonta las alegaciones de las asociaciones demandantes, que cuestionaban la motivación del acuerdo, la protección del entorno histórico y la posible afectación al monumento de los “Coloraos”. El TSJA concluye que no existe vulneración de la normativa sobre conjuntos históricos, que el PGOU-98 ya contempla las determinaciones necesarias para la ordenación urbanística del Conjunto Histórico de Almería, y que no hay licencia de obra alguna relacionada con el monumento que pudiera ser objeto de impugnación.

Además, el tribunal considera que la inclusión del monumento en el catálogo no era objeto de esta modificación puntual, y que su posible declaración como Bien de Interés Cultural o Lugar de Memoria Democrática, ya obtenido, excede el ámbito del recurso. Condena, por último, a los colectivos al pago de un máximo de 2.000 euros en costas.

Desde el Ayuntamiento de Almería se valora muy positivamente esta sentencia, que respalda la labor técnica y jurídica desarrollada por la Gerencia Municipal de Urbanismo. “Esta resolución refuerza nuestro compromiso con la conservación del patrimonio histórico y cultural de la ciudad, y nos anima a seguir trabajando con rigor y transparencia en la mejora del entorno urbano”, ha señalado la responsable del Área de Urbanismo, Vivienda y Fiestas Mayores, Eloísa Cabrera.

Llega, además, en un momento crucial cuando está previsto que este próximo jueves, día 9 de octubre, los restos de los soldados que en 1924 fueron fusilados por revelarse contra el régimen absolutista de Fernando VII y tratar de restaurar el sistema constitucional de la Carta Magna de 1812, regresen al cenotafio de la Plaza Vieja, después de que fueran retirados, con el propio monumento en 1943 y sin retornar en la reconstrucción de 1988.

stats