Tribunales

Un año y diez meses de cárcel por pegar con un vaso a su exmarido en un pub de Almería

  • La víctima precisó de siete puntos de sutura, aunque la juez considera que no hubo “ningún” riesgo para su vida a causa de la agresión

Vertiendo agua sobre un vaso

Vertiendo agua sobre un vaso / PIXABAY

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un año y diez meses de prisión a una mujer que golpeó en la frente a su exmarido después de que ambos se encontrasen en un pub de Almería.

La sentencia declara probados unos hechos que tuvieron lugar sobre la una y media de la madrugada del 29 de diciembre de 2018 en un pub de la calle Trajano de la capital almeriense.

La acusada se encontraba en este local con su pareja sentimental y un amigo de éste cuando se encontró allí con su exmarido, iniciándose una discusión entre ambos, según precisa el fallo al que ha tenido acceso este periódico.

En mitad de la riña la mujer lo golpeó en la frente con un vaso, causándole una contusión con una herida incisa de cuatro centímetros de longitud, que precisó de siete puntos de sutura.

Al finalizar la vista oral, el Ministerio Público solicitó una pena de tres años y medio de prisión por un delito de lesiones, con la concurrencia de la agravante de parentesco.

El abogado del agredido retiró la acusación formulada contra la mujer, renunciando a las acciones penales y civiles ejercitadas hasta ese momento.

A pesar de la petición de la Fiscalía, la juez considera que en “este caso, riesgo para la vida no hubo ninguno, y menos grave fue el resultado causado en la integridad de la persona por la lesión sufrida”.

Sobre la agravante, la juez defiende su aplicación en el caso de una agresión a una persona con la que un acusado estuviese “estrechamente ligado por vínculos afectivos o de sangre”. “Y es que si se exigiera la existencia de cariño o afecto, la agravante sería de imposible aplicación”, apunta.

Por ello, aunque condena a la acusada por un delito de lesiones con la citada agravante, la pena final que se le impone es de un año y diez meses de prisión.

Con todo, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Almería en apelación.

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