Menos pena para el condenado por violar a una menor que le hacía trabajos de limpieza

El TSJA corrige de oficio el fallo de la Audiencia de Almería que impuso 19 años de cárcel por dos delitos separados al agresor

Intervenidos más de 165 kilos de hachís ocultos en un coche en el hospital de Torrecárdenas

Imagen de archivo de la sede del TSJA. / D.A.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una sentencia en la que modifica la pena de prisión de un hombre condenado por agredir sexualmente a una menor de 14 años en la comarca del Levante almeriense. La resolución, hecha pública este jueves, rebaja la condena de los 19 años iniciales a doce años y nueve meses de cárcel al apreciar un error técnico en la calificación jurídica de los hechos.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería había condenado al procesado por un delito de agresión sexual y un segundo delito continuado de agresión sexual. Sin embargo, el TSJA ha actuado de oficio y ha determinado que, por razones de estricta legalidad y en beneficio del procesado, todas las acciones delictivas deben agruparse bajo un único delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con uso de violencia e intimidación.

Según relatan los hechos probados, el individuo fue contratado en abril de 2022 para realizar una reforma en el domicilio familiar de la menor. Tras ganarse la confianza de su entorno, el acusado ofreció a la joven trabajar como limpiadora en las viviendas donde él ejecutaba diferentes obras. Entre los meses de abril y junio de ese mismo año, aprovechó los desplazamientos a distintos inmuebles vacíos en Mojácar, Cuevas de Almanzora y San Juan de los Terreros (Pulpí) para quedarse a solas con ella y acometer los ataques.

El alto tribunal andaluz subraya que el procesado actuó en todo momento valiéndose de la intimidación y contra la voluntad de la víctima, quien además se encontraba bajo la presunción legal absoluta de ausencia de consentimiento debido a su corta edad. Asimismo, la sentencia ratifica que la joven, que tardó dos años en reunir fuerzas para denunciar lo ocurrido, presenta en la actualidad una grave sintomatología ansiosa y depresiva a raíz del trauma padecido.

Además de la pena privativa de libertad, el TSJA ha impuesto al condenado la prohibición en firme de acercarse a menos de 500 metros de la víctima o comunicarse con ella durante 16 años. La resolución establece también una inhabilitación especial de doce años y siete meses para ejercer cualquier profesión u oficio que implique contacto directo y regular con menores de edad, así como la obligación de hacer frente al pago de una indemnización de 50.000 euros por los daños morales y psicológicos causados a la joven.

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