Pillado 'in fraganti' en el salón de su ex: nueve meses de prisión por quebrantamiento de condena
La Audiencia desestima el recurso del acusado, que intentó librarse alegando un error en el nombre de la calle en el escrito de acusación
Un año de prisión para un reincidente que golpeó y llamó "hija de puta" y "perra" a su pareja
La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado la condena de nueve meses de prisión para un hombre, reincidente en delitos de quebrantamiento, que fue descubierto por la Guardia Civil incumpliendo flagrantemente una orden de alejamiento. El tribunal ha confirmado la sentencia de instancia, que considera probado que el acusado se encontraba en el interior de la vivienda de su expareja en la localidad de Vera, a pesar de tener prohibido acercarse a ella.
El incidente ocurrió el 14 de abril de 2024. Una patrulla de la Guardia Civil se personó en el domicilio y, al entrar —la puerta estaba abierta—, encontró al acusado en el salón de la casa, sosteniendo una vara, junto a la víctima y la hija de esta. Ambos reconocieron a los agentes en ese momento que sabían que estaban incumpliendo la medida cautelar.
En su recurso de apelación, la defensa se aferró a un defecto formal: el escrito de acusación consignaba erróneamente el nombre de la calle. Sin embargo, la Audiencia ha calificado este argumento de irrelevante. Los magistrados señalan que los agentes declararon con total claridad que "al dar la vuelta a la esquina estaba el autor dentro de la vivienda", identificando sin género de dudas el lugar y a los implicados, a quienes conocían por intervenciones anteriores. Al no ofrecer el acusado ninguna explicación alternativa —ni siquiera acudió al juicio—, la condena es firme.
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