Almería

Cuatro años de prisión permanente revisable: diez condenas y algunas dudas

  • La prisión permanente revisable, la condena que pide la Fiscalía y la acusación particular para Ana Julia Quezada por asesinar al niño Gabriel Cruz, se ha aplicado en diez ocasiones desde que se instauró en 2015

Ana Julia Quezada en el interior de la Audiencia Provincial

Ana Julia Quezada en el interior de la Audiencia Provincial / Rafael González (Almeria)

La prisión permanente revisable, la condena que pide la Fiscalía y la acusación particular para Ana Julia Quezada por asesinar al niño Gabriel Cruz, se ha aplicado en diez ocasiones desde que se instauró en 2015. Se aprobó con polémica y sigue envuelta en dudas políticas y jurídicas La prisión permanente revisable, la condena que pide la Fiscalía y la acusación particular para Ana Julia Quezada por asesinar al niño Gabriel Cruz, se ha aplicado en diez ocasiones desde que se instauró en 2015. Se aprobó con polémica y sigue envuelta en dudas políticas y jurídicas.

Fue la mayoría absoluta del PP la que consiguió sacar adelante este castigo para asesinatos especialmente graves y la oposición parlamentaria no tardó en llevarlo ante el Constitucional, que sigue sin pronunciarse.  Desde entonces diez asesinos han sido condenados con la pena máxima privativa de libertad, aunque una de las sentencias fue revocada el pasado enero por el Tribunal Supremo al entender que se habían aplicado de forma indebida los agravantes del caso. 

Según el Código Penal, se impone en los asesinatos de menores de 16 años o de personas especialmente vulnerables; en los cometidos junto a un delito sexual; cuando el asesino pertenece a una organización criminal; o en caso de asesinatos reiterados o cometidos en serie.

El PP quiere ampliar esos supuestos y Ciudadanos se comprometió también con el padre de Diana Quer a estudiar la inclusión de más delitos, mientras que los partidos que la recurrieron insisten en que la Constitución prohíbe las penas inhumanas y establece que la función de la cárcel es la reinserción. Según un reciente informe del Consejo General del Poder Judicial, se ha impuesto la prisión permanente en cerca del 60 % de los casos en los que ha sido solicitada ante el juez. 

Casos

Todos los condenados han sido hasta el momento hombres, responsables en conjunto de la muerte de dieciséis personas: nueve adultos -cinco mujeres y cuatro hombres- y siete niños. Esta es la relación de casos en los que se ha impuesto la prisión permanente revisable:  

  • Se aplicó por primera vez el 6 de julio de 2017 a David Oubel, conocido como "el parricida de Moraña" (Pontevedra), a quien un jurado declaró culpable del asesinato de sus dos hijas. Las mató brutalmente en 2015 usando una sierra eléctrica y un cuchillo de cocina, después de haberlas drogado.  
  • La segunda condena se dictó en Canarias el 23 de marzo de 2018 cuando la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó por asesinato con alevosía y ensañamiento a un joven que mató al abuelo de su exnovia, un hombre de 66 años que padecía una discapacidad debido a un ictus. Fue esta la sentencia anulada por el Supremo, que lo castigó con una pena de 24 años de cárcel. El alto tribunal entendió que en la sentencia de Tenerife se había aplicado dos veces en contra del condenado la condición vulnerable de la víctima: una para sustentar la alevosía del asesinato y otra para justificar la prisión permanente. 
  •  La tercera prisión permanente, con la que se castigó a un hombre que asesinó a una bebé de 17 meses en Vitoria lanzándola por la ventana el 25 de enero de 2016, ha sido sin embargo ratificada por el Supremo. Aunque el condenado planteó el principio del non bis in idem (que impide castigar dos veces a una persona por un mismo hecho) apoyándose en la decisión previa del Supremo, el alto tribunal recalcó que no eran situaciones comparables, ya que en este caso la alevosía se fundaba en lo imprevisible del suceso, que impidió a la madre, garante de la vida de la niña, evitar su muerte. 
  • También ratificó este verano el Supremo la cuarta prisión permanente revisable impuesta en España, con la que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia castigó a un padre que asesinó a su hijo de 11 años en Oza (A Coruña) con la intención de causar "el mayor sufrimiento psíquico a su exmujer". 
  •  En noviembre de 2018 la Audiencia Provincial de Guadalajara condenó también a la máxima pena privativa al hombre que asesinó a sus tíos y sus primos de uno y cuatro años en su casa de Pioz (Guadalajara). 
  •  Ya este año, en marzo, la Audiencia de Barcelona, impuso la prisión permanente revisable a un hombre que violó a una mujer que se encontraba inconsciente tras haber consumido alcohol y drogas y después la estranguló hasta matarla, tras una fiesta de cumpleaños. 
  •  En abril, la Audiencia Provincial de Almería también aplicó ese castigo a un joven acusado de violar y degollar en Huércal de Almería el 15 de enero de 2017 a su excompañera sentimental, de 33 años.  
  •  El mismo mes la Audiencia de Sevilla condenó a prisión permanente revisable a un hombre por asesinar a golpes y cuchilladas a una mujer que se resistió a que la violara en marzo de 2017 en Pilas (Sevilla). 
  •  La Audiencia Provincial de Toledo también recurrió a esa pena para castigar en mayo a un hombre que mató a su esposa, aquejada de la enfermedad de Ménière, en la localidad toledana de Mora en febrero en 2017. Además de las agravantes de parentesco y género, la víctima era especialmente vulnerable por su enfermedad y discapacidad, sostuvo el tribunal. 
  • La última prisión permanente revisable la impuso el pasado 5 de junio la Audiencia de Valladolid para castigar a un hombre por el asesinato de Sara, una niña de cuatro años a la que también maltrató y violó. La madre de la pequeña, pareja sentimental del hombre fue condenada 27 años y 11 meses por comisión por omisión. 

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