Fraude de subvenciones

Alaya avala que continúen en la causa contra Serrano las acusaciones populares

El ex líder de Vox Francisco Serrano, con su abogado en los juzgados de Sevilla.

El ex líder de Vox Francisco Serrano, con su abogado en los juzgados de Sevilla. / Antonio Pizarro

La Audiencia de Sevilla, en un auto cuya ponencia ha correspondido a la juez Mercedes Alaya, ha avalado la decisión de que continúen el secretario general de Facua Rubén Sánchez y Podemos como acusaciones populares en la causa contra Francisco Serrano, que está siendo investigado por un presunto fraude de 2,5 millones de euros en la ayuda que recibió la empresa Biowood Niebla.

La Sección Séptima de la Audiencia ha rechazado el recurso presentado por la defensa de Francisco Serrano contra la decisión del juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, que rechazó en dos ocasiones la petición de la defensa del ex líder de Vox Francisco Serrano de expulsar del procedimiento a Rubén Sanchez y a la formación política Podemos, o que se le imponga una fianza para seguir personado en las actuaciones judiciales.

La defensa de Francisco Serrano había puesto de manifiesto además en su recurso la supuesta "revelación de actuaciones sumarial" por parte del secretario general de Facua, pero la juez Alaya recuerda que el instructor ya se pronunció sobre este aspecto al señalar que "no se consideraba acreditado que dichas revelaciones se hubiesen producido a los medios de comunicación por parte del Sr. García, resolución con la que esta parte se aquietó, tal y como se pone de manifiesto también en el escrito de oposición dela acusación popular representada por aquél".

Serrano había alegado que "la finalidad de la acusación popular parece estar dirigida, desde el comienzo de la investigación, a una retransmisión en directo de las diligencias sumariales que se van sucediendo", una conducta que calificaba de "maliciosa", pero la Audiencia señala que esta cuestión ya fue resuelta por el juez.

Sobre la expulsión de las acusaciones o la exigencia de una fianza, el tribunal rechaza que haya una falta de motivación en la decisión del instructor, y en este sentido destaca que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) admitió en su día la personación de las acusaciones una vez que el pleito se seguía entonces en el Alto Tribunal dada la condición de aforado de Serrano en aquel momento.

"Por consiguiente, habiéndose resuelto de manera definitiva dicha cuestión en las providencias del TSJA de 28 de julio de 2020 respecto de la personación de Rubén Sánchez en representación de Facua, y en la de 18 de agosto de 2020 respecto de Podemos, no exigiéndose a ninguna de dichas acusaciones la prestación de fianza debemos estar a lo resuelto en dichas resoluciones firmes que no fueron recurridas por el hoy impugnante", asevera el auto de la Audiencia, que recuerda el principio de "intangibilidad de las resoluciones firmes".

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