caso de los Avales

Vilaplana reactiva la macrocausa de los Avales con 23 nuevas imputaciones

El juez José Ignacio Vilaplana, en los juzgados de Sevilla.

El juez José Ignacio Vilaplana, en los juzgados de Sevilla. / juan carlos vázquez

El juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha reactivado la macrocausa de los avales con la imputación de 23 personas relacionadas con la concesión de ayudas y avales por parte de la agencia IDEA y quienes han sido citados a declarar entre los días 17 y 28 de junio próximos. 

En la causa de avales figuraban como investigados el ex consejero de Innovación, Ciencia y Empresa Martín Soler, el ex viceconsejero Jesús María Rodríguez Román, el ex secretario general técnico Juan Francisco Sánchez García y el ex director de la agencia IDEA Jacinto Cañete. En el auto, el juez cita expresamente las ayudas concedidas a las empresas Tartessos Car y Sociedad Cooperativa Andaluza de Famlias Agrícolas (Scafa), y entre los 23 investigados figuran de nuevo Jacinto Cañete y el también ex director de Idea Antonio Valverde, así como la presidenta de la comisión de valoración y secretaria general de Desarrollo Industrial y Energético de la Consejería de Innovación de la Junta Isabel de Haro Aramberri. También han sido imputados el secretario de la comisión de valoración y subdirector de la dirección de inversiones estratégicas de Idea Ignacio Marco Pinilla y el vocal de la comisión y director de inversiones estratégicas Francisco Álvaro Julio, quien también fue presidente de Invercaria. Otros vocales de la comisión investigados son Antonio Diz-Lois, María Eva Cano Pérez, Francisco José Morillo y Bienvenido Martínez

Además, buena parte de los nuevos investigados proceden de estas sociedades, en concreto, está imputado el director gerente de Tartessos Car y cuatro socios de la misma, así como seis vocales del consejo rector de Scafa. 

El magistrado también ha decidido tomar declaración como testigo a la directora general del Banco Europeo de Finanzas, María Teresa Sáez Ponte, quien como entidad colaboradora de la agencia IDEA firmó el 22 de diciembre de 2009 un documento que garantizaba a un banco las obligaciones de pago asumidas por Tartessos Car, en virtud de una póliza firmada con la entidad financiera hasta 1,5 millones de euros. Esta testigo ha sido citada para el próximo 28 de junio.

En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, el juez señala que los hechos investigados en esta macrocausa están "vinculados con la indebida concesión de ayudas de salvamento y reestructuración a empresas, sin concurrencia o cumplimiento de los requisitos y presupuestos objetivos habilitantes para ello (situación de crisis de la empresa y previsión de su viabilidad futura), según los términos contenidos en la Orden de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa de la junta de Andalucía han de 5 de noviembre de 2008 -y órdenes sucesivas-, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades coyunturales en Andalucía para los años 2008 y 2009".

También se investiga la "irregular concurrencia de aquéllas ayudas con otras sociolaborales o ayudas a empresa concedidas por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Andalucía y abonadas por la propia Agencia IDEA (habiéndose identificado hasta 18 empresas en que concurriría dicha circunstancia)". De modo que, según se deduciría de lo actuado, prosigue Vilaplana, por parte de los responsables y personas vinculadas a la Agencia IDEA -o a la correspondiente Consejería de Adscripción- "se habría utilizado de manera ilícita la figura de los avales (su concesión y ejecución), previstos y reglados como incentivos para empresas en crisis en la referida Orden de 5 de noviembre de 2008 -y sucesivas-, como medio para hacer llegar fondos públicos a determinadas empresas de manera absolutamente arbitraria e injusta".

En este sentido, el magistrado pone de manifiesto que "efectivamente, una de las competencias de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía (CICE) era la de desarrollar medidas de apoyo a las actividades industriales, energéticas y mineras, así como la cooperación económica y el fomento de las iniciativas y acciones en dicho campo. Por la importancia de las empresas, particularmente las PYMES, en el desarrollo económico y para el empleo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y ante la grave situación de crisis económica y financiera de los años 2008 y siguientes, la Junta de Andalucía, a través de CICE, decidió impulsar un conjunto de medidas en apoyo de las empresas en dificultades que tuvieran la sede social efectiva de su actividad y/o establecimiento operativo principal en Andalucía". Estas medidas se concretaban en un régimen de ayudas públicas de salvamento y reestructuración, a las que solamente pudieran acceder las empresas en que concurriesen determinadas circunstancias que lo justificaren.

Por la "mera voluntad" de quien resolvía otorgar la ayuda

Pero, concluye el magistrado, "pese a que el objeto de la Orden de 5 de noviembre de 2008 era el de favorecer la vuelta a la viabilidad técnica y económica de empresas andaluzas que se encontraban en una situación de crisis coyuntural de la que por sí solas no tenían capacidad para salir, el régimen de ayudas previsto en la Orden de 5 de noviembre de 2008 se empleó en algunos casos como un medio para allegar fondos de manera absolutamente arbitraria a ciertas empresas por la mera voluntad de quien resolvía otorgar la correspondiente ayuda y de quienes participaban en el proceso para la toma de dicha decisión de concesión".

Del mismo modo, los hechos delictivos objeto de las presentes actuaciones aparecen vinculados con "la indebida concesión de ayudas públicas, en particular, de avales que los responsables de la Agencia IFA/IDEA habrían ido concediendo de forma ilícita a determinadas empresas en el ejercicio de sus propias competencias, al amparo de la genérica regulación contenida en Ley 3/1987, de 13 de abril, de creación del Instituto de Fomento de Andalucía (art. 5), y de sus Estatutos, denominándoseles a estos últimos “avales propios” o “avales excepcionales”, distintos por tanto, a los previstos en la Orden de 5 de noviembre de 2008; ayudas y avales que habrían sido concedidas por la Agencia IDEA, a las empresas que ya fueron beneficiarias también de ayudas sociolaborales investigadas en en el marco de las Diligencias Previas núm. 174/2011 y sus correspondientes causas/piezas separadas".

Así, examinadas las relaciones de empresas que ha sido beneficiarias de los denominados “avales reglados” y de los “avales propios” se observan cómo algunas de ellas coinciden tomo beneficiarias de los dos tipos de avales, y, a su vez, la mayor parte de las mismas también fueron beneficiarias de ayudas sociolaborales o ayudas empresas en crisis con cargo al programa presupuestario del programa 31-L (objeto de las DP núm. 174/2011).

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