Alaya declara ante el promotor por el expediente disciplinario

Expediente a la juez Alaya por falta leve

La magistrada prestó testimonio sobre las críticas que en su día hizo de los jueces de refuerzo

Mercedes Alaya durante su conferencia en el Club Siglo XXI
Mercedes Alaya durante su conferencia en el Club Siglo XXI
Jorge Muñoz

27 de febrero 2019 - 03:00

La magistrada de la Audiencia de Sevilla Mercedes Alaya ha declarado ante el promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a raíz del expediente abierto por una falta leve, en relación con sus críticas a los jueces de refuerzo con los que trabajó cuando instruyó las macrocausas y tras la queja realizada por la junta de jueces de Instrucción de Sevilla.

La magistrada compareció ante el promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, el pasado 13 de febrero, y a partir de ahora éste deberá emitir una propuesta de sanción, si bien con anterioridad el promotor ya había propuesto que se sancionara la conducta de la juez simplemente con una “advertencia”, dado que la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ) prevé para este tipo de faltas leves una sanción de advertencia o de multa.

En concreto, el artículo 419 de la LOPJ considera como falta leve “la desatención o desconsideración con iguales o inferiores en el orden jerárquico, con los ciudadanos, los miembros del Ministerio Fiscal, médicos forenses, abogados y procuradores, graduados sociales, con los secretarios o demás personal que preste servicios en la oficina judicial, o con los funcionarios de la Policía Judicial”. Y el artículo 420.2 determina que las faltas leves sólo son sancionables con una “advertencia o multa de hasta 500 euros o con ambas”, y en función de sí es una advertencia o una multa son competentes para su imposición el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, o la Sala de Gobierno, respectivamente.

El expediente a Alaya se incoó tras la queja de los jueces de Instrucción de Sevilla, quienes en mayo de 2018 expresaron por unanimidad su “profundo malestar” y el “absoluto rechazo” por unas declaraciones de la magistrada, en las que ésta había criticado con vehemencia la labor de sus compañeros, de los que llegó a decir que “no se podía permitir el lujo de dar clases particulares a jueces que no tenían ni idea de por donde tenían que coger esos temas”.

Más grave fue la acusación al juez de refuerzo Álvaro Martín, el que finalmente procesó a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, de quien Alaya dijo que “era muy habitual que cuando llegaba la una de la tarde que ese compañero le dijera: me voy al club Pineda a almorzar con mi mujer, o me voy a recoger a mis niñas del colegio”.

La junta de jueces mostró su “profundo malestar” por los comentarios vertidos por Alaya en los que “se pone en entredicho sin motivo alguno, la capacidad y profesionalidad de estos compañeros, y con los que esta junta manifiesta su más absoluto rechazo”.

En un informe previo la juez reiteró las críticas al juez que llevaba los asuntos ordinarios

Alaya elaboró un informe con fecha 8 de agosto de 2018, en el que reiteró las críticas a Álvaro Martín respecto a que en aquella época el juzgado “se retrasó más que nunca” e insistió en que “no era infrecuente” que se pasara por su despacho a la hora de marcharse, sobre las 13:00 o 13:30 horas, diciéndole que iba a recoger a sus hijas o a almorzar con su mujer.

El juez Álvaro Martín emitió también un informe, en el que en sólo tres párrafos aseguró que las declaraciones de Alaya “se explican por sí mismas, más allá de señalar lo malicioso y falso de las manifestaciones que, sin mencionar mi nombre, pero dando suficientes elementos de identificación, se vierten sobre mi persona”, y añadió que para constatar la “falsedad” basta con observar las estadísticas del juzgado.

El juez de refuerzo que le fue “impuesto”

En las alegaciones presentadas en su día, Alaya sostuvo que el juez de refuerzo Álvaro Martín le fue “impuesto” en una reunión celebrada con el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, y el presidente de la Audiencia de Sevilla, Damián Álvarez, para la llevanza de los asuntos ordinarios y las guardias y para colaborar en las macrocausas.

Alaya añadió que este juez se hizo cargo de los asuntos ordinarios y “por supuesto de las guardias, ya que era requisito indispensable para que este magistrado por cuestiones económicas se prestara como juez de refuerzo, que era lo que deseaba el presidente Lorenzo del Río”.

La magistrada agregó que aunque las guardias le servían para estar en contacto con otras materias y con el resto de funcionarios del juzgado que podrían involucrarse en un futuro próximo en la tramitación de las causas complejas, se le “impuso renunciar a ellas a pesar de que era titular de dicho juzgado”, lo que a su juicio suponía una “diferencia sustancial de trato”, ya que cuando llegó la nueva titular, María Núñez Bolaños, “se le permitió, como entiendo que era lógico y procedente, realizar las guardias inherentes a su condición de titular del juzgado”.

Alaya insistía en este informe al CGPJ en las críticas al juez Álvaro Martín, al señalar que “cierto es que manifesté que la tramitación en aquella época de los asuntos ordinarios se retrasó más que nunca; los funcionarios que llevaban más de 17 años conmigo lo comentaban y el secretario también me lo puso de manifiesto al realizar las estadísticas”. Alaya continúa diciendo que “no era infrecuente que a veces pasara el magistrado de refuerzo por mi despacho a la hora de marcharse, en torno a las 13-13:30 horas de la tarde, diciéndome que iba a recoger a sus hijas del colegio o que había quedado con su mujer para almorzar.

En diferentes ocasiones las consultas de los funcionarios sobre los asuntos ordinarios me las hacían a mí ante su ausencia. Era fácil deducir que probablemente no le dedicara el tiempo suficiente al trabajo asignado por el TSJA en funciones de refuerzo, lo que generó en mí una importante preocupación que llegué a trasladar al señor decano”.

Alaya concluye: “Estimo que un juez de refuerzo, con relevación de funciones, que además gozaba de la confianza del presidente del TSJA, debía tener un comportamiento cabal o al menos a la altura de las circunstancias del trabajo encomendado que no se correspondía con lo que yo pude observar”.

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