El juez del Supremo envía a la Audiencia Nacional pruebas sobre pagos en efectivo del PSOE a Ábalos

Leopoldo Puente remite documentación al Juzgado Central de Instrucción número 2 tras detectar posibles irregularidades en las compensaciones económicas realizadas en metálico

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La fachada del Tribunal Supremo. / Eduardo Parra / EP
Redacción

31 de octubre 2025 - 12:09

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha acordado hoy remitir al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional el testimonio del informe de la UCO de 8 de octubre y la documentación facilitada por el PSOE sobre los pagos en metálico a José Luis Ábalos y Koldo García. Esta decisión permitirá que la Audiencia Nacional, si considera que existen méritos suficientes, inicie una investigación sobre estos hechos que podrían revelar posibles irregularidades.

En su auto, el instructor del Supremo recuerda que el informe de la UCO reflejaba la existencia de comunicaciones sobre posibles pagos en efectivo por parte del PSOE a favor de Ábalos o García, que no aparecerían registrados en la información aportada por el partido. Cabe destacar que ambos implicados se acogieron a su derecho constitucional a no declarar durante sus comparecencias ante el magistrado este mes, por lo que no ofrecieron ninguna explicación al respecto.

Esta situación llevó al juez a citar al exdirector gerente y a una empleada del PSOE para que pudieran ofrecer una explicación satisfactoria que excluyera cualquier responsabilidad en la que el partido pudiera haber incurrido. Sin embargo, tras estas comparecencias, numerosos aspectos han quedado sin aclarar, como el procedimiento de compensaciones en metálico, la falta de verificación sobre quién realizaba realmente los gastos, o el origen de las cantidades en efectivo disponibles en la sede del partido.

Interrogantes sobre el procedimiento de pagos

El auto judicial señala que no se comprobaba "si los pagos realizados por quien obtenía la devolución habían sido realizados por aquel en metálico o por intermediación bancaria", lo que podría haber permitido blanquear fondos "procedentes de una actividad ilícita —o, incluso delictiva—". Este riesgo aumentaba considerando que "una persona podía encargarse de gestionar la liquidación de gastos efectuados por terceros" y no por ella misma.

Tampoco quedaron suficientemente explicadas, según el magistrado, las razones por las que se prefería realizar estas compensaciones en efectivo, cuándo comenzó este procedimiento y si ya ha finalizado definitivamente. El juez cuestiona la necesidad de contratar una empresa de seguridad para trasladar dinero desde la cuenta de funcionamiento a la caja del partido, cuando resultaría "más cómodamente y sin incurrir en gastos adicionales" realizar las compensaciones mediante transferencias bancarias.

Investigación independiente del caso principal

El auto concluye que todas estas incógnitas requieren una investigación adecuada, ya que "pudieran denotar la eventual existencia de conductas potencialmente delictivas". No obstante, el magistrado considera que estas actividades del partido no están "inescindiblemente vinculadas" a los hechos que se investigan en la causa especial del Tribunal Supremo, cuya competencia se debe únicamente a la condición de aforado de José Luis Ábalos.

Por estas razones, el juez se inhibe en favor del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional para que investigue estos aspectos si lo considera pertinente. Junto al informe de la UCO y la información del PSOE, también remite las declaraciones prestadas esta semana por exdirectivos del partido y el testimonio de Carmen Pano, quien declaró haber entregado 90.000 euros en metálico en la sede socialista en dos ocasiones distintas durante octubre de 2020.

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