Finanzas

La Justicia reconoce como trabajadora fija a una empleada pública temporal en la Diputación

  • Asesorada jurídicamente por CSIF, el caso particular de esta trabajadora es que llevaba casi una veintena de años desempeñando sus funciones como educadora en la institución provincial

El fallo se fundamenta en la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2021.

El fallo se fundamenta en la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2021.

El Juzgado de lo Social número 1 de Almería ha dado la razón a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF Almería, reconociendo como trabajadora fija a una empleada pública temporal de la Diputación Provincial, gracias a la labor de la Asesoría Jurídica del sindicato, en este caso de la letrada, Sonia Zafra.

En este caso, el juez apunta en su sentencia, que aún puede ser recurrida, que dicha trabajadora “está legitimada para adquirir la condición de fija en la plaza vacante que ocupa” fundamentándose en la base de la doctrina contenida en la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2021. En este caso, el Alto Tribunal razona que, “cuando la relación laboral deviene fraudulenta, por cuanto que la plaza que ocupa la persona trabajadora tiene por objeto atender a necesidades permanentes, ello conlleva la adquisición, no de personal laboral indefinido no fijo, sino la de personal laboral fijo, porque ya ha superado un proceso selectivo regido por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, aunque sin plaza”.

El juez ha creído determinante este argumento de CSIF que ponían en valor que la empleada pública y en base a los principios constitucionales había superado un proceso selectivo, pero sin la obtención de dicha plaza. No obstante, la trabajadora entró a formar parte de una bolsa de empleo temporal de la Diputación y ocupó una plaza eventual durante más de 17 años como educadora, lo que ha llevado al reconocimiento de la condición de personal laboral fijo, en este caso, con una antigüedad desde el 5 de noviembre de 2007 que fue cuando aprobó las oposiciones, aunque llevase desde 2004 desempeñando esta labor.

Para CSIF este ha sido un importante logro jurídico puesto que pone en evidencia la elevada tasa de temporalidad laboral de las administraciones públicas, en este caso del ámbito local. Es por ello que el sindicato sigue trabajando desde todos sus ámbitos, contra el abuso de esta eventualidad y, por tanto, contra la precariedad laboral de todos los empleados públicos como sindicato mayoritario de la Administración Pública.

La reducción al máximo de la temporalidad es una vieja reivindicación de la central sindical y es que como ya ha manifestado con anterioridad esta problemática radica en el abuso de las contrataciones eventuales para cubrir plazas estructurales, realizando un incumplimiento de la normativa que rige los procesos selectivos. Es por ello que CSIF ya ha solicitado en reiteradas ocasiones seguridad jurídica para que las futuras convocatorias no sean tumbadas por los tribunales. Asimismo, el sindicato también ha exigido que la futura norma que se apruebe para regir dichos procesos, que actualmente se encuentra en tramitación parlamentaria, respete el marco legislativo.

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