"El cooperativismo almeriense es un referente a nivel mundial"
El especialista Carlos Vargas analiza la nueva Ley, aún en trámite, y valora sus cambios · Prescindir de la figura del notario "hará que se pierda seguridad jurídica"
A mediados del mes pasado el Consejo de Gobierno acordó iniciar los trámites del proyecto de la nueva Ley de Cooperativas, un texto que dará una vuelta de tuerca a la normativa que existe, relativa a 1999. Carlos Vargas Vasserot, autor de numerosos artículos científicos y ponencias sobre distintos aspectos jurídicos de las empresas de economía social y miembro del Proyecto de Investigación de Excelencia sobre la Reforma de la legislación cooperativa en España y proyectos internacionales con esta temática, reflexiona a cerca de lo que supondrá la nueva Ley.
-¿Cómo valora este paso adelante? ¿Cree que reforzará la creación de cooperativas tanto a nivel provincial como nacional?
-Creo que es un paso, y supongo que para adelante y que mejorará la Ley actual que es de 1999 y que estaba evidentemente desfasada respecto a otras leyes autonómicas y a la realidad del sector. Lamentablemente, y a diferencia de lo que ha ocurrido en otras Comunidades autónomas, no ha habido un debate profundo sobre el contenido del Anteproyecto. Yo, particularmente solo conozco las novedades anunciadas por el Consejero de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, pero sin tener delante el texto del articulado es difícil opinar.
-Entre los detalles que trascendieron se anunció que la normativa agilizará los procedimientos y reforzará la capacidad competitiva del sector, ¿qué opina de los cambios que se van a introducir? ¿Echa en falta algún punto que no se haya contemplado?
-Pues lamentablemente poco sé. Se habla de que se va a prescindir del notario para constituir las cooperativas, cuando no creo que eso constituya en sí una mejora. Recordemos que en las sociedades de capital el notario como fedatario público y el registrador mercantil funcionario independiente, controlan el proceso de constitución de la sociedad. En cambio, en las cooperativas el registro no lo lleva un registrador, sino un funcionario, en nuestro caso de la Junta de Andalucía. Si ahora prescindimos del notario, creo que el proceso de además de perder seguridad jurídica se acerca demasiado a un procedimiento de Derecho público, que a mí particularmente, como profesor de Derecho Mercantil no me gusta demasiado.
-Otro de los puntos 'fuertes' es la creación de la figura del Grupo Empresarial Cooperativo, ¿cómo repercute esta medida en el sistema de las cooperativas? ¿podría cambiar el modelo de actuación al ampliarse la posibilidad de asociación con otro tipo de empresas y al incluirse, además, trabajadores por cuenta ajena?
-La posibilidad de crear grupos cooperativos o asociarse con otros tipos de empresas siempre ha existido, y de hecho en nuestra Comunidad existe grupos empresariales liderados por cooperativa en diferentes sectores. Lo que hará la Ley, en la línea de otras leyes cooperativas, es regular el concepto de grupo cooperativo. Pero poco aporta esta medida en cuanto a ampliar posibilidades de asociación de las cooperativas, porque nada impide ahora que una cooperativas se asocie con otras empresas o que una cooperativa participe en otras sociedades o constituya filiales. En cuanto a lo de los trabajadores por cuenta ajena se refiere más bien a que en las cooperativas de trabajo asociado no todos los trabajadores tengan que ser socios, y que se permita con mayor flexibilidad que ahora contratar a terceros no socios, lo que me parece una medida adecuada.
-¿Cómo valoraría el estado del modelo de cooperativismo en la provincia a día de hoy?
-En el sector agrario, que es donde mayor éxito ha tenido el cooperativismo, contamos con grandes cooperativas tanto en número de socios como en volumen de producción. Creo que el modelo de cooperativismo en la provincia y en la Comunidad no tiene nada que envidiar al de otras regiones de España e incluso es un referente de éxito a nivel mundial.
-En su estudio sobre la Ley Cooperativa apostaba por la introducción de nuevas tecnologías, ¿le consta que el nuevo texto contemple reformas en este sentido?
-Supongo que la nueva Ley facilitará tanto la convocatoria de asamblea de socios por vía electrónica como el voto utilizando estas ya no tan nuevas tecnologías.
-La norma NIC 32 lleva cinco años vigente, ¿cómo ha revolucionado el tratamiento contable del dinero que aportan los socios?
-La NIC 32 es la norma contable internacional que cambió el criterio tradicional contable de calificación de las aportaciones de los socios al capital social. Como en España los socios de las cooperativas en caso de baja tenían un derecho al reembolso de sus aportaciones, esas aportaciones deben, con arreglo a la NIC, ser calificadas como recursos ajenos y aparecer en el pasivo en los balances contables. La entrada en vigor de esta norma para las cooperativas se ha ido retrasando y finalmente entró en vigor a finales del año pasado. En Andalucía el día antes de esta entrada en vigor, se aprobó la reforma de la Ley de cooperativas para permitir la existencia de aportaciones no reembolsables en caso de baja y que puedan ser consideradas a efectos contables como recursos propios. En mi opinión, y en contra de lo que se había anunciado, este cambio contable no tendrá graves consecuencias para las pequeñas y medianas cooperativas y sólo las grandes cooperativas, preocupadas por sus ratios de solvencia deben convertir parte de sus aportaciones en no reembolsables.
-¿Ve más cerca las cooperativas multinacionales o aún no estamos preparados para ello?
-Aquí hay que distinguir a las cooperativas multinacionales y las transnacionales. Las primeras son las que venden sus productos o servicios en otros países, y no sólo es que estemos preparados sino que desde hace mucho tiempo gran parte de la producción de nuestras cooperativas agrarias se destina a la exportación. Otra cosa son las cooperativas transnacionales, esto es, las que asocian a socios de distintos países. Con idea de incentivar este tipo de cooperativas se promulgó en 2003 una normativa a nivel comunitario que regulaba las Sociedades Cooperativas Europeas. Pues bien, en España no creo que lleguen a diez el número de cooperativas europeas constituidas.
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