Los instrumentos de defensa comercial, a debate
Está previsto que la Comisión Europea concluya el análisis de la consulta pública sobre la modernización de las medidas antidumping y antisubvención este mes
En este mes de octubre está previsto que la Comisión Europea (CE) concluya el análisis de la consulta pública sobre la modernización de los instrumentos de defensa comercial, instrumentos cuyo objetivo es contrarrestar el daño ocasionado a las empresas comunitarias por prácticas ilícitas de comercio.
De los tres tipos de instrumentos de defensa comercial con los que cuenta la UE: medidas antidumping, medida antisubvención y medidas de salvaguardia, sólo se analiza la reforma de las dos primeras.
El lanzamiento de la reforma tuvo lugar en octubre de 2011 partiendo de una decisión unilateral de la CE que consideraba imprescindible la modernización de los actuales instrumentos de defensa. Por su parte, la administración española considera que el lanzamiento de esta reforma se ha hecho en un momento inapropiado, según se informó en la 'Jornada informativa sobre la Modernización de los Instrumentos de Defensa comercial' organizada por la Subdirección General de Política Arancelaria y de Instrumentos de Defensa Comercial, de la Secretaría de Estado de Comercio, dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad, el pasado 21 de junio.
De acuerdo a la introducción del cuestionario sobre la inciativa expuesto por la Dirección General (DG) de Comercio de la UE, el entorno económico ha cambiado bastante a lo largo de la última década y sigue cambiando continuamente. Por el contrario, las normas que regulan los instrumentos de defensa comercial se mantienen sin gran alteración desde hace más de 15 años. Los instrumentos de defensa comercial son a menudo el único recurso que tienen las empresas para defenderse de las prácticas desleales en el comercio internacional. Al mismo tiempo, utilizarlos puede tener consecuencias para los usuarios y los consumidores. Ante las dificultades que el entorno económico actual plantea a las empresas, la DG Comercio cree llegado el momento de pasar revista a las virtudes y los defectos de la normativa vigente dentro de un debate sobre si es necesario adaptarla y mejorarla de manera equilibrada y en beneficio de todas las partes interesadas.
El mecanismo de defensa comercial de la Unión Europea se basa en las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que autoriza a sus miembros a corregir las prácticas desleales que se produzcan en los países exportadores y restablecer unas condiciones comerciales equitativas. Las medidas antidumping, que figuran entre los instrumentos de defensa comercial más utilizados (junto con las medidas antisubvenciones y de salvaguardia), se aplican a las importaciones de productos de países no miembros de la UE vendidos a precio inferior al valor normal cuando perjudican a la industria de la UE. Las medidas antisubvenciones se aplican a las importaciones subvencionadas. En este tipo de situación, el sector europeo afectado puede presentar a la CE una denuncia acompañada de pruebas de la práctica desleal y los perjuicios ocasionados. Compete a la Comisión investigar las acusaciones de dumping o subvención.
La última revisión importante de los instrumentos europeos de defensa comercial data de 1995, cuando se trataba de aplicar las conclusiones de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales. Desde entonces, el único cambio legislativo de importancia fue el introducido en 2004 en relación con el proceso de toma de decisiones en el Consejo: mayoría simple para rechazar propuestas de la Comisión en lugar de mayoría simple para adoptarlas. En 2006/2007 se emprendió un ejercicio de reforma (Libro Verde) que resultó difícil y acabó por abandonarse debido a la disparidad de puntos de vista.
Tras la consulta pública lanzada por la CE, se prevé que en este mes se finalice el análisis de los resultados de la misma y si se precisan cambios legislativos es previsible que la CE presente una propuesta de Reglamento a principios de 2013. Si existe consenso entre todas las partes implicadas sobre el Reglamento de la Comisión, la tramitación se haría por el procedimiento de codecisión con el Parlamento Europeo y la nueva legislación podría entrar en vigor a mediados de 2015.
Para Fepex, ya existen muchas diferencias entre cómo la UE aplica los instrumentos de defensa comercial y como las aplican otros socios comerciales. Mientras que la Comisión, en términos generales tiende a no emprender ninguna de las medidas de defensa comercial, el sector exportador de frutas y hortalizas se encuentra con barreras al comercio en la mayoría de países no comunitarios.
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