Sabio hubo de ser, ciertamente, Alfonso X, que reinó de 1252 a 1284, si a él se debiera la composición de Las siete partidas, aunque acaso baste para atribuirle tan ensalzado título su preocupación por configurar el duradero código que auspició. Entre el extenso y variado cuerpo de sus títulos y leyes, se consideran disposiciones referidas a los clérigos, que son de interés a partir, en este caso, de los contrariados clérigos de Talavera, tal como expresan en una cántiga que figura en el Libro del buen amor, del Arcipreste de Hita, escrito en la primera mitad del siglo XIV. Sostenía la Ley XLIII, del Título VI de la Partida Primera que, ante el “yerro de lujuria” con barraganas, de las que incluso se pudiesen tener hijos, y ser esta situación conocida, debe el prelado amonestar al clérigo para que la abandone y la mujer que de esta manera viviere con él debía ser encerrada en un monasterio y hacer penitencia por toda su vida.
Los arrebatos de la lujuria afectaban asimismo a los hombres sin la condición de clérigos. Por eso, la Partida Cuarta, en su Título XIV, se ocupa “De las otras mugeres que tienen los homes que non son de bendiciones”, con cierta atenuación del rigor prescrito en aras del mal menor: “Barraganas defiende santa eglesia que no tenga ningunt cristiano, porque viven con ellas en pecado mortal. Pero los antiguos que fecieron las leyes consintieron que algunos las podiesen haber sin pena temporal, porque tovieron que era menos mal de haber una que muchas, et porque los hijos que nasciesen dellas fuesen mas ciertos”. Por tanto, la Ley II de este Título determina que, según las leyes seglares mandaban, todo hombre que no estuviese embargado de orden, como los clérigos, o de casamiento, podía tener barragana, “sin miedo de pena temporal, solamiente que non la haya virgen, nin sea menor de doce años, nin tal vibda que viva honestamiente et que sea de buen testimonio”.
En cualquier caso, de antiguo viene la relajación o el incumplimiento de determinadas disposiciones, como las que, en el caso de los clérigos, afectaban el celibato obligatorio. Ni las Partidas alfonsinas consiguieron imponerlo, ni siquiera concilios eclesiásticos. En abril de 1342, el arzobispo de Toledo, Gil de Albornoz, promulgó una constitución sinodal, instado por el papa Benedicto XII, mediante la que prohibía a los clérigos cohabitar con barraganas y amantes, disponiendo incluso que se las desnudase si entraban en la iglesia durante la celebración de la misa, como vergüenza y escarnio públicos.
El arcipreste de Hita, en su Libro del buen amor, recrea la afligida y furibunda reacción de los clérigos de Talavera, ante tan penosa prohibición. Y el autor acude, como fuente de autoridad y legitimación, a la conducta del rey Alfonso XI (1325-1350), bisnieto de Alfonso X el Sabio, que tuvo como concubina, largo tiempo, y madre de diez hijos a Leonor de Guzmán, para menoscabo y desprecio de la legítima reina María de Portugal, con la que estaba casado. La Cántiga de los clérigos de Talavera, en la estrofa 1690 del Libro del buen amor, anuncia el pesar de los clérigos: “Allá en Talavera, en las calendas de abril, / llegadas son las cartas del arçobispo don Gil, / en las quales venía el mandado non vil, / tal que si plugo a uno, pesó más que a dos mil”. El contenido de tales cartas, tal como figura en la estrofa 1694, era expreso: “Cartas eran venidas, que disen en esta manera: / que clérigo nin casado de toda Talavera, / que non toviese mançeba casada nin soltera: / qualquier que la toviese, descomulgado era”. Y los clérigos decidieron reunirse para buscar la ayuda del rey de Castilla, Alfonso XI, según cuentan estos versos de la estrofa 1696: “A do estavan juntados todos en la capilla, / levantose el deán a mostrar su mansilla: / dis: “Amigos, yo querría que toda esta quadrilla/ apelásemos del papa ant’ el rey de Castilla”. Pues confiaban, así se dice en la estrofa 1697, en la cómplice comprensión de rey, cuyo concubinato con Leonor de Guzmán era tan notorio como aceptado: “Que magüer que somos clérigos, somos sus naturales, / servímosle muy bien, fuemos simpre leales, / además que sabe el rey, que todos somos carnales, / creed se ha adolesçer de aquestos nuestros males”. Lujuria de reyes y clérigos.