Carboneras sortea las mesas electorales 'in extremis' y en Pleno de urgencia
POLÍTICA
A la sesión tan solo asistieron cuatro concejales, incluido el alcalde, de los 13 del Consistorio
El Ayuntamiento de Carboneras realizó este pasado miércoles el sorteo de las mesas electorales para los comicios generales del 28 de abril ‘in extremis’, pues era el último día establecido para ello por la legislación.
Al mediodía, el alcalde Felipe Cayuela convocaba un Pleno de urgencia para las 18:00 horas con un único punto en el orden del día. Antes, el PSOE de Carboneras había presentado un escrito ante la Junta Electoral de Zona de Vera, donde solicitaban que fuera ésta la que realizase el sorteo debido a que “Felipe Cayuela haya dejado pasar el plazo para celebrar el Pleno del sorteo”. Yes que, para los socialistas, el regidor debía convocar la sesión “con 48 horas de antelación, como marca la ley para la celebración de Plenos de caracter extraordinario”.
No obstante, el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales estipula la opción de convocar un Pleno de urgencia, “cuando la urgencia del asunto o asuntos a tratar no permite convocar la sesión extraordinaria con la antelación mínima de dos días hábiles exigida por la ley”.
Amparado en esta figura, que necesita la aprobación por parte del Pleno, Cayuela convocó una sesión a la que tan solo asistieron cuatro concejales, incluido el propio alcalde, de los 13 que constituyen el Consistorio (faltaron Pedro José Venzal, Ana María Moreno y María Ángeles Ruiz, del equipo de gobierno, además los seis concejales del grupo socialista).
Se celebró el sorteo de las mesas electorales dentro del plazo legalmente establecido, pues concluía el 3 de abril. No obstante, hay quien pone en duda la legalidad de la sesión, ya que la mayoría de los ediles no confirmaron la recepeción de la convocatoria. Sin embargo, en cuanto al quórum necesario para la celebración del pleno, la ley establece que “el Pleno se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a tres”. En el caso de Carboneras, cuatro ediles.
Sobre el órgano que debe llevar a cabo el sorteo de las mesas electorales existen diferentes interpretaciones. El Artículo 26 de la Ley del Régimen Electoral general dice que “la formación de las Mesas compete a los Ayuntamientos, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona”. Por tanto, no habla de Pleno, sino de Ayuntamiento. No obstante, fuentes jurídicas consultadas citan una resolución de 1993 de la Junta Electoral Central que dice que “el sorteo para la formación de las Mesas compete al Pleno y el acta del sorteo debe ser levantada por el secretario municipal”.
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