Berja modifica la ordenanza fiscal del impuesto de bienes inmuebles
Ordenanzas fiscales IBI
Se aplicarán bonificaciones del 50 y 95% durante dos o tres años, a partir del 1 de enero de 2024 l El acuerdo fue por unanimidad
Berja, reunida en su última sesión plenaria, ha prestado su aprobación a la modificación reguladora de la ordenanza fiscal del reglamento del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) para la aplicación de una serie de bonificaciones a diferentes sectores de población.
La decisión ha de pasar por la exposición pública para la presentación de posibles alegaciones o reclamaciones y será de aplicación a partir del 1 de enero de 2024, en algunos cosas con un periodo de vigencia de dos años y en otros de forma indefinida.
El acuerdo salió adelante por unanimidad de los tres partidos políticos de la Corporación municipal PP, PSOE y Vox. El alcalde de los virgitanos/as, José Carlos Lupión, se felicitó por el respaldo de la propuesta y señaló que la aplicación de esta modificación repercutirá en el capítulo de ingresos del presupuesto 2024, pero con todo " ojalá este ayuntamiento podría bajar aún más el importe del IBI porque es una cosa buena para todos al ser una bonificación real”, valoró.
Las bonificaciones a aplicar en el importe de este impuesto - el de la contribución como era conocido de forma popular, son potestativas, que pueden hacerse o dejarse de hacer, en función de su vigencia. Así se ha eliminado el límite de renta para la bonificación del 50% del impuesto para las familias numerosas.
Se aplicará un 50% de bonificación en la actividad empresarial declarada de interés o utilidad municipal. Este mismo importe será de aplicación para la instalación y actualización de energía fotovoltaicas en viviendas o talleres en los dos años posteriores a su instalación.
Los titulares de viviendas de VPO en terreno rústico, casas antiguas, de interés cultural o histórico-artístico, entre otras, también podrán acogerse a la bonificación del 50% de este impuesto. En el caso del alquiler social para personas con rentas baja sin límite será del 95%. “Creemos que es una medida que va a favorecer la economía local y beneficiará a familias empadronadas en el municipio”, valoró el grupo socialista por medio de su portavoz, Isabel Arévalo.
El valor catastral multiplicado por un gravamen del 0,65
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un impuesto municipal que grava la titularidad de algún derecho sobre los bienes inmuebles urbanos, rústicos o de características especiales que radican en cada municipio. Se trata de un impuesto de carácter periódico, real y obligatorio en todos los Ayuntamientos. El tipo impositiva que cobra el Ayuntamiento de Berja es del 0,65. La cantidad a pagar es el resultado de multiplicar este gravamen por el valor catastral de cada vivienda. Si es de 90.000 euros x 0,65, la cantidad sería de 585 euros.
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