El impuesto de la plusvalía municipal comenzará a aplicarse desde este lunes
La ordenanza fiscal pasa a definitiva tras su exposición y deroga la 1989 y posteriores modificaciones
El Ayuntamiento de Berja ha elevado a definitiva la aprobación plenaria provisional sobre la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocida como la plusvalía municipal, tras finaliza r su exposición pública sin la presentación de alegaciones.
Esta ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de en sesión celebrada el 4 de Abril, entra en vigor el lunes, día después hábil de la publicación del texto en el BOPA (Boletín Oficial de la Provincia de Almería), en el día de ayer , y continuará vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
La publicación de esta ordenanza deroga la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, publicada el 31 de diciembre de 1989 y sus modificaciones posteriores
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Este Impuesto es el que grava las ganancias obtenidas por la venta, o recepción en forma de herencia o donación, de un inmueble en función de la revalorización del terreno en el que se asienta. Es un impuesto que se paga cuando, como consecuencia de la transmisión de un terreno, se ponen de manifiesto ganancias en la operación.
El hecho imponible del Impuesto lo constituye el incremento de valor que experimenten los terrenos urbanos como consecuencia de su transmisión o de la constitución o transmisión de un derecho real de goce (usufructo, uso y habitación) limitativo del dominio y está constituida por el incremento del valor de los terrenos puesto de manifiesto en e lmomento del pago y experimentado a lo largo de un periodo máximo de veinte años.
El tipo de gravamen del Impuesto es del 27%. El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo se aplica de acuerdo aun periodo de generación. Así el coeficiente es del 0,14 si es inferior a un año, sube hasta el 0,17 a los siete años y se reduce de forma progresiva en los seis años siguietes hasta el 0,08 y se recupera a partir del decimocuarto año para alcanzar el 0,30 por un plazo de tiempo igual o superior a 20 años.
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