Plan Deporte

Aprobado el plan estratégico sobre instalaciones deportivas

  • La Corporación, reunida en Pleno celebrado en la mañana de ayer, prestó su aprobación a este Plan

La Corporación Municipal de Níjar, reunida en la mañana de ayer en sesión plenaria ordinaria, aprobó su Plan Local de instalaciones y equipamientos deportivos como su documento estratégico en esta materia. El acuerdo plenario salió adelante con los votos del equipo municipal de gobierno del PSOE (11) y el apoyo de Unidos Podemos por Níjar (1) y Vox (3) en tanto que los seis representantes del Partido Popular. optaron por la abstención en la votación del punto.

Como principal novedad, el nuevo Decreto del Deporte, con entrada en vigor el pasado 21 de abril , establece que, de acuerdo con lo regulado en el artículo 71 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, los municipios han redactar su planificación local de instalaciones deportivas, y adecuarla al Plan Director y su planeamiento de desarrollo aprobados por la Comunidad Autónoma de Andalucía. El artículo 70.4 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, recoge la necesidad de desarrollar las estrategias del PDIEDA (Plan Director de Instalaciones y Equipamientos Deportivo de Andalucía) en materia de instalaciones y equipamientos deportivos, mediante instrumentos de planificación.

Dada la experiencia de esta Administración Pública, se ha considerado conveniente no establecer el condicionante temporal de tres años recogido en el Plan Director para aprobar los planes locales, con la finalidad última de conseguir que cada municipio cuente con un documento de Plan Local, pudiendo establecerse distintas vías de fomento, especialmente para los municipios con menos recursos.

Los planes locales han de ser elaborados por las Corporaciones locales y tienen, entre sus fines, establecer previsiones sobre instalaciones deportivas para la dotación, por los planes de urbanismo, de las reservas de suelo correspondientes, proporcionando a la población las instalaciones deportivas necesarias para la práctica del deporte y el desarrollo de competiciones deportivas.

El régimen de elaboración de los planes locales prevé que las aprobaciones inicial, provisional y definitiva de los mismos corresponde al órgano municipal que tenga atribuida la competencia, siendo trámites obligatorios la información pública y la audiencia a otras entidades locales interesadas. Antes de la aprobación provisional, el proyecto de Plan Local ah de ser remitido a la Consejería competente en materia de deporte para su informe.

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