Prohibición de autocaravanas en un parking de Níjar Villa
El consistorio lo ha señalizado así junto al cementerio de la Villa l “No se meten con nadie y dejan dinero” sostienen desde Vox
El Ayuntamiento de Níjar, haciendo uso de las competencias de que cuenta en materia de regulación del tráfico municipal, ha dejado sin uso para autocaravanas, y lo ha explicitado bajo una señal de prohibición para este tipo de vehículos, la zona de aparcamiento existente junto al cementerio de la Villa de Níjar.
“Si no hay acampada no hay multa” ha señalado la alcaldesa de Níjar, Esperanza Pérez Felices, “Las autocaravanas pueden circular pero lo que no pueden hacer sus propietarios es sacar la cesta y la compra en plan vivienda. Ese es el problema y por esta razón se les multa” añadió.
La primera edil de los nijareños realizó esta declaración en el transcurso de la última sesión plenaria de la Corporación Municipal, al ser interpelado por el grupo municipal de Vox. La medida adoptada por el consistorio nijareña ha “expoliado a un montó de personas que venían aquí - término municipal de Níjar-, se gastaban su dinero aquí y no molestaban a nadie”, según la opinión de esta formación, expresada por su portavoz José Jerez.
El Pleno de la Corporación Municipal de Níjar, en sesión celebrada el 17 de junio d 2021, aprobó una moción de Vox para dotar y regular espacios controlados de autocaravanas en el término municipal de Níjar. “La creación de una ordenanza municipal que regule el turismo de autocaravanas, así como la creación de espacios controlados para que los autocaravanistas puedan disfrutar de su estancia en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar, puede suponer un importante balón del oxígeno al municipio nijareño, en cuyo término se encuentra el Parque Natural marítimo terrestre más importante de toda Europa” señaló entonces José Jerez que reclama el cumplimiento de la propuesta de su formación.
La diferencia entre aparcar y acampar
Una cosa es aparcar y otra bien distinta es acampar. “Mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en su interior y la autocaravana, caravana y camper no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización” , según la Delegación General de Tráfico
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