La Oficina del Censo Electoral sortea los candidatos a Jurado Popular 2025/26

Jurado Popular

Níjar participó en el sorteo, celebrado en la Delegación del INE, con los 12.857 mayores de 18 años de su censo electoral

25 niareños elegidos para Jurado Popular hasta diciembre de 2024

Se trata de una función retribuida y obligatoria por Ley
Se trata de una función retribuida y obligatoria por Ley / D.A.

La Oficina del Censo Electoral ha celebrado, en la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística, el sorteo de los candidatos para formar parte de los jurados populares en los casos judiciales en el bienio 2025/2026 en la provincia de Almería. El sorteo se realizó entre las personas del censo electoral en la provincia, mayores de 18 años.

 Un total de 12.857 personas pertenecen al Censo de Níjar. Una nómina de 25 nijareño/as, 13 hombres y 12 mujeres, ha conformado la lista de candidatos a ocupar las 11 plazas, 9 titulares y 2 reservas,del Tribunal del Jurado Popular de la provincia. Los dos años de vigencia de esta condición finalizarán el 31 de diciembre de 2024.

La lista de candidatos a jurados resultante del sorteo, que tiene carácter provisional, será remitida por la Oficina del Censo Electoral, con los nombres completos y sus direcciones, a la Audiencia Provincial en el plazo de tres días para su publicación en el BOPA y para su comunicación a cada uno de los interesados, y también será enviada a los ayuntamientos para su exposición durante los quince últimos días de octubre. 

En este plazo se pueden presentar reclamaciones, dentro del periodo de excusas, en los juzgados decanos durante la primera quincena de noviembre. Luego, con las reclamaciones que resulten estimadas, la Delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral obtendrá la lista definitiva de candidatos a jurados en torno al 15 de diciembre, que será enviada a la Audiencia Provincial de Almería.

Para formar parte del Jurado es necesario ser español y mayor de edad; encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos; saber leer y escribir; estar empadronado en cualquiera de los municipios de la provincia y no estar física ni psíquicamente incapacitado para el desempeño del cargo. Y para excusarse de ser jurado se debe alegar, entre otros aspectos, ser mayor de 65 años, haber desempeñado funciones de jurado en los cuatro últimos años, que el desempeño del cargo cause graves trastornos como consecuencia de las cargas familiares, residir en el extranjero o desempeñar un trabajo relevante de interés general.

En cada juicio con Jurado Popular, se cita a 20 candidatos de esa ‘bolsa’ y se realiza una criba con los que presentan excusas legales para no participar y un grupo final es entrevistado por las partes, hasta confeccionan el Tribunal, que debe quedar compuesto por once miembros, dos de ellos como suplentes,.

Estas personas son quienes deben emitir el veredicto y determinan la culpabilidad o no del acusado de forma argumentada, pero es el Magistrado quien se encargue de redactar la sentencia. El desempeño de las funciones del Jurado Popular “está retribuido e indemnizado en forma y cuantía” y su funcionamiento es obligatorio, ya que tiene “la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable público y personal, a a los efectos del ordenamiento laboral y funcionarial”. El Jurado Popular se emplea en casos determinados relacionados con homicidios, allanamientos de morada o mlaversación de fondos públicos, entre los más conocidos.

stats