Níjar

Los terrenos de la Red Natura 2000 son “no urbanizables de especial protección”

  • El Tribunal Constitucional sienta jurisprudencia, según Amigos del Parque, con varias sentencias

Los terrenos de la Red Natura 2000 son “no urbanizables de especial protección”

Los terrenos de la Red Natura 2000 son “no urbanizables de especial protección”

El Tribunal Constitucional ha dictaminado que los terrenos incluidos en la Red Natura 2000 deben protegerse como suelos no urbanizables de especial protección y el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar es uno de los espacios protegidos e integrados en esta Red. Amigos del Parque Natural entienden que este dictamen “sienta jurispruedencia”, según recogen en el último número de “Eco del Parque”, revista trimestral que este grupo conservacionista edita y distribuye en su edición en papel por librerías y puntos significativos de este espacio protegido.

La Red Natura en España está formada por 1.467 Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), y por 657 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), que comprenden en conjunto una superficie total de más de 222.000 kilómetros cuadrados. Dentro de ellas se encuentra la Red Natura 2000 de Andalucía, con cerca de 200 espacios protegidos y una extensión de 2,67 millones de hectáreas. Es una de las más ricas y diversas de la Unión Europea. 

El Tribunal Constitucional ha dictaminado en tres ocasiones sobre los preceptos legales que impiden la transformación urbanística de suelos integrados en la Red Natura 2000, sobre terrenos en la isla de Valdecañas, en Extremadura. La sentencia fundamental es la sentencia 134/2019, de 13 de noviembre que fue la que determinó la inconstitucionalidad y nulidad del precepto autonómico extremeño que permitía la posibilidad de transformación urbanística de suelos protegidos con valores ambientales en la Red Natura 2000.

El Tribunal Constitucional estima que la normativa estatal “ somete cualquier alteración de la delimitación del estado natural de los terrenos a la preservación de los valores ambientales, que considera incompatible con la transformación urbanística. Los Planes de Ordenación de Recursos Naturales (PORN), los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) y otros instrumentos de ordenación del suelo deben resguardar de la transformación urbanística los terrenos Red Natura 2000 que no estuvieran en la situación básica de suelo urbanizado”, recuerdan.

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