Delitos de acoso, lesiones y coacciones

Condenados por quemar con un cigarrillo en la frente a un joven y patear a su perro

Una imagen del puerto de A Coruña.

Una imagen del puerto de A Coruña. / M. g.

El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a seis acusados, todos ellos mayores de edad, por acosar, en diferentes zonas de la ciudad, a un joven, quien, como consecuencia de los hechos, sufrió lesiones físicas y psíquicas, por las cuales tuvo que ser ingresado unos días en un centro psiquiátrico. Entre los hechos declarados probados en la sentencia constan patadas al perro de la víctima, agresiones, persecuciones, gestos, burlas e insultos. En una ocasión, según el fallo, uno de los condenados lo quemó con un cigarrillo en la frente en la plaza de Pontevedra; y, en otra, otro de los acusados le arrojó una botella de cristal, impactándole en una pierna. 

“No hay duda de la existencia de una situación de acoso padecida por la víctima durante mucho tiempo y que era sistemáticamente dirigida por uno de los procesados, con la colaboración, consciente o no en su total dimensión, de los restantes implicados”, asegura el magistrado en la sentencia. En ella, condena al principal acusado a dos años de cárcel y al pago de multas por un importe total de 4.320 euros por cometer un delito de acoso, un delito leve de lesiones y delitos continuados de quebrantamiento de medida cautelar y leve de coacciones. Además, le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima y de comunicarse con ella durante cinco años y diez meses. 

En cuanto a los otros cinco implicados, el juez les ha impuesto a dos de ellos la misma pena: una multa de 1.080 euros y un año de prisión; a otro, seis meses de cárcel; y, a los otros dos, el pago, respectivamente, de 720 y de 540 euros de multa. El magistrado también les ha impuesto a tres de los acusados el abono de indemnizaciones a la víctima por un total de 15.585 euros; y, entre todos, deberán pagar al Servizo Galego de Saúde (Sergas) la cantidad que haya invertido en las asistencias médicas prestadas al afectado. 

El titular del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña relata en la sentencia que el principal acusado, nacido en 1997, estaba enemistado desde hacía años con la víctima “por un tema relativo al acogimiento del acusado por una familiar de la víctima y su cese, culpabilizándola de él”. De esta forma, el procesado, según el fallo, “prosiguió con su actitud de hostigamiento hacia el denunciante, tanto directamente como a través de personas de su entorno social y conocidos, entre ellos los demás acusados, quienes también llevaron a cabo los hechos”.

El juez recalca que, como consecuencia de “todo este hostigamiento y persecución de que fue objeto por parte del condenado y en el que participaron, en algunos de los incidentes, los demás acusados pertenecientes al círculo social de aquel”, el afectado llegó a considerarse “despreciado e incomprendido”, por lo que su círculo social fue “acortándose paulatinamente”, lo que le llevó a “aislarse en su casa”. 

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