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El TSJC avala la eutanasia de la joven cuyo padre la paralizó hace un año, pero le reconoce el derecho a recurrir

El TSJC desestima el recurso del progenitor, pero le abre la puerta a llegar al Supremo

La Justicia avala la eutanasia de la joven cuyo padre la paralizó hace un año, al que reconoce el derecho a recurrir. / Efe
Agencias

19 de septiembre 2025 - 15:10

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado la eutanasia a una joven que sufre una lesión medular que afecta a su movilidad y a la que se oponía su padre, representado por Abogados Cristianos, al que le permite que presente un recurso contra esta decisión.

En la sentencia, que ha adelantado la Cadena Ser, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal catalán estima parcialmente el recurso interpuesto por el padre de la joven al reconocer el derecho de la familia de acudir a la Justicia para tratar de impedir que se le conceda una muerte digna.

No obstante, explica que el reconocer la "legitimación de los padres" para impugnar judicialmente la resolución cuando consideren que no se han cumplido la exigencias legales no quiere decir que la decisión jurisdiccional vaya a ser estimatoria.

Por otro lado, el tribunal dice carecer de argumentos que le permitan sustentar que la joven no cumple "con los elementos de base requiridos" para solicitar la eutanasia, dado que existen informes médicos que sostienen al unísono el pleno cumplimiento de los requisitos.

En este sentido, señala que la solicitante se ha mantenido en su decisión desde abril de 2024, sin que pueda desvirtuarse esta decisión por un escrito cuyo origen se desconoce -en el que se desdecía- y que no ha sido ratificado por ella misma.

El caso

El procedimiento comenzó con recurso contencioso-administrativo presentado por el padre de la joven contra la resolución que autorizaba su eutanasia, emitida por el Pleno de la Comisión de la Garantía y Evaluación de Catalunya.

Este recurso fue seguido de una demanda en la que se explicaba que la joven había llevado a cabo "diversos intentos de suicidio", por los que en la actualidad va en silla de ruedas a causa de una lesión medular, que es una persona que sufre antecedentes psiquiátricos y que hubo un cambio de opinión por su parte, que manifestó de su puño y letra en una carta del 9 de agosto de 2024.

Por todo ello, el padre consideraba que su hija no cumplía "con los requisitos legales" y no se dan las condiciones para un libre otorgamiento de voluntad en cuanto a que se le aplique la eutanasia, que estaba prevista para el 2 de agosto de 2024.

En noviembre de 2024 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 12 de Barcelona dio luz verde a que se le aplicase, pero en marzo de 2025 la paralizó hasta que la sentencia fuese firme y, en mayo, la joven prestó una extensa declaración ante la jueza en la que se reafirmó en su decisión y dijo haber sufrido "coacciones" por parte de su entorno.

La Generalitat solicitó levantar la medida cautelar que impedía ejecutar la muerte asistida, pero sobre esta resolución el padre presentó un recurso ante la Audiencia de Barcelona, lo que llevó al juzgado a rechazar la ejecución de la eutanasia y a mantenerla paralizada.

En un comunicado, Abogados Cristianos ha celebrado que el TSJC reconozca el derecho de los familiares a recurrir una eutanasia cuando no estén de acuerdo con la aprobación de la misma.

"Se trata de un reconocimiento tremendamente importante porque supone un cambio radical para cualquier solicitud de eutanasia, ya que la ley de eutanasia no contempla ninguna vía de recurso cuando la eutanasia es autorizada. Sólo contempla el recurso cuando es rechazada. Esta sentencia abre la puerta a que los familiares puedan acudir a la justicia para paralizar una eutanasia", han dicho.

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