Tribunales

Abren plazo para recurrir el fallo del caso 'Poniente', 11 meses después de la sentencia

Juan Enciso y José Alemán.

Juan Enciso y José Alemán. / D.A. (Almería)

La Sección Tercera de la Audiencia de Almería ha dado por finalizado el trámite de notificación de la sentencia del caso 'Poniente', dictada a finales de marzo del año pasado por lo que se ha dado por abierto el plazo de presentación de recursos ante el Tribunal Supremo (TS).

Según ha indicado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el plazo extraordinario comenzó a contar el pasado 22 febrero y otorga a las partes que así lo deseen un plazo de 30 días hábiles para recurrir el fallo que dictaron los magistrados de la Audiencia.

La notificación de la sentencia se dio por concluida el 21 de febrero de 2024 por lo que el plazo extraordinario de 30 días hábiles fijado por la Sección Tercera se inició al día siguiente y las partes que lo estimen deberán presentar un escrito en la Audiencia de Almería anunciado su intención de recurrir el fallo y justificando los motivos. Posteriormente se les emplazará para formalizar el recurso ante el Supremo.

El exalcalde de El Ejido, Juan Enciso, fue condenado en esta causa a cinco años y tres meses de prisión por un delito continuado de malversación en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil por su participación en el caso "Poniente", centrado en una trama de saqueo al Ayuntamiento a través de la empresa ElSur que malversó más de 58 millones de euros.

El fallo, al que ha tenido acceso EFE, impone la misma pena por los mismos delitos al exinterventor municipal de El Ejido José Alemán, condenado además a dos años y tres meses de prisión por un delito continuado de cohecho pasivo y una multa de 2,6 millones de euros.

La sentencia se centra en 47 acusados por un total de 380 delitos, de los que han sido condenados 32 y todos han sido absueltos de los delitos contra la Hacienda pública porque "ninguno de los encausados fueron interrogados en las declaraciones que prestaron en el Juzgado de Instrucción" por este motivo.

Subcontrataciones a precios desorbitados

Según la sentencia, "mediante subcontrataciones a precios desorbitados, el canon cobrado por ElSur al Ayuntamiento de El Ejido ha resultado ser abusivo en relación con los servicios prestados".

El mecanismo utilizado en esta trama para justificar este canon fue la sobrefacturación a ElSur por las empresas subcontratadas de los distintos grupos implicados y la facturación emitida por su socio mayoritario, el grupo Abengoa hasta el 23 de diciembre de 2003, y Agua y Gestión de Servicios Ambientales S.A. desde entonces.

ElSur se constituyó en 1995 con un capital de 200 millones de pesetas suscritos en un 30 % por el Ayuntamiento de El Ejido y en 70 % por Abensurasa, una agrupación de interés económico con capital mayoritario de Abengoa.

Los magistrados insisten en que, a través de una red de empresas que "se han ido sucediendo unas a otras", la multinacional Abengoa ha sido la propietaria del 70 % de la empresa mixta, y que como socio mayoritario, procedió "a través de sus directivos a beneficiarse ilícitamente" a "sabiendas de la naturaleza pública del dinero" que percibía.

Apuntan que las empresas de Abengoa a través de las que formaba parte de ElSur facturaron 230.456.510 euros entre 2002 y 2009, importe en el que iban comprendidas las sobrefacturaciones, con la "connivencia" de Enciso y Alemán, que además eran presidente y miembro, respectivamente, del consejo de administración de ElSur.

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