Almería sancionará el abandono de animales con multas de hasta 30.000 euros
Almería
El Ayuntamiento quiere aprobar este mes la nueva ordenanza de bienestar animal. Poner veneno en espacios públicos o repelentes no autorizados en fachadas también son infracciones muy graves
Poco tiempo de vigencia le queda a la escuálida ordenanza municipal de tenencia de animales en vigor, de 2004, si como pretende el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Almería se lleva este mes a Pleno para su aprobación inicial el nuevo texto normativo. Mucho más extenso, trata de conseguir el bienestar animal, con un amplio articulado sobre las condiciones que los dueños deben procurar a sus animales de compañía, la a veces difícil buena convivencia entre propietarios y vecinos, y luchar contra el maltrato animal y el abandono. Son éstas infracciones muy graves a las que les corresponde sanciones de hasta 30.000 euros.
La todavía vigente ordenanza especifica las multas para las infracciones consideradas leves, de 75 a 500 euros, pero dejaba la potestad sancionadora de las infracciones graves y muy graves a la Junta de Andalucía. Con el actual proyecto, que se demora desde hace más de cuatro años, la capital almeriense pasa a considerar muy grave no solo el maltrato animal.
También estará penalizado el abandono, un gesto inhumano con el que el Ayuntamiento se ha propuesto luchar. De hecho, se especifica las cuantías de las multas, que pueden oscilar entre los 2.001 a 30.000 euros. De igual modo, la acción, muchas veces denunciada, de colocar veneno en los espacios público para acabar, por ejemplo, con las colonias de gatos, y rociar fachadas con productos repelentes no autorizados para evitar los orines de los perros son faltas tipificadas como muy graves.
Lo son también la organización de peleas de perros o gallos, o la participación activa, así como el entrenamiento de los animales para el ataque.
Contempla el proyecto de ordenanza sanciones de hasta 30.000 euros para aquellos que suministre sustancias farmacológicas sin la prescripción o supervisión directa de un veterinario, así como para los que apliquen una medicación errónea, de modo incorrecto o no valore los efectos colaterales o indeseados que puedan suponer un sufrimiento injustificable para los animales.
Sanciones graves
Entre las sanciones graves, con multas desde 501 euros a 2.000, se encuentra el maltrato animal no invalidante, no vacunarlos, no procurarles las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, no darles asistencia veterinaria, la filmación de escenas que simulen crueldad, la asistencia a peleas de animales, no facilitar la alimentación sanitaria, vender mamíferos con menos de 40 días de vida o enfermos, o la posesión de animales no registrados ni identificados.
Infracciones leves
Las cuantías por las infracciones leves son las mismas que las contempladas en 2004, desde los 75 euros hasta 500. Entre ellas, se encuentran mantener los animales atados o encadenados de forma permanente, o ubicarlos en sitios donde molesten a vecinos. El alojamiento habitual de los animales en vehículos, balcones o lugares inapropiados, y dejar que duerman fuera. Permitir que ensucien la vía pública, tanto excrementos como orines.
Las colonias de gatos y los perros potencialmente peligrosos, fricciones persistentes con las protectoras
Más de cuatro años lleva el Ayuntamiento con esta ordenanza en cartera y son tropecientas las reuniones mantenidas con las protectoras de animales como para que el camino estuviera del todo despejado. Pero no es así. Aunque la ordenanza recoge por primera vez el objetivo del sacrificio cero, así como la puesta en marcha del método CER (captura, esterilización y retorno), para las colonias de gatos y el carnet de personas cuidadoras, la letra pequeña no convence a colectivos como Seven Lives, que prepara ya la redacción de alegaciones a un proyecto de ordenanza que, aseguran desde esta plataforma, no le ha sido facilitado por el equipo de gobierno.
Son los condicionantes que el Ayuntamiento ha contemplado en el texto normativo a la legalización de las colonias de gatos lo que genera aún repulsa. El 18 es uno de los artículos controvertidos, en el que se especifica que las colonias urbanas de gatos ferales han de estar en solares vallados y, además, alejadas de escuelas y guarderías, hospitales y centros sanitarios, residencias de mayores y toda instalación donde habiten personas de riesgo o inmunodeprimidos. Estas condiciones, según la protectora, supondría la eliminación de entre el 80 y el 90% de las colonias, ya que en su mayoría se encuentran en espacios sin vallar o en la misma calle.
Otro de los aspectos controvertidos son los PPP (las razas Pitt Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y Doberman, así como sus cruces), con restricciones de paseo que prácticamente lo hace imposible. Aunque vayan con correa corta y bozal, la ordenanza prohíbe la presencia y circulación de estos perros en parques y jardines públicos, en las inmediaciones de centros escolares, guarderías infantiles, mercados, centros recreativos o deportivos y lugares de ocio y esparcimiento de menores de edad. Recoge también que “se evitará, en la medida de lo posible, en los horarios en que se produzca un tránsito intenso de personas”.
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