Almería

Almería sancionará el abandono de animales con multas de hasta 30.000 euros

  • El Ayuntamiento quiere aprobar este mes la nueva ordenanza de bienestar animal. Poner veneno en espacios públicos o repelentes no autorizados en fachadas también son infracciones muy graves

La nueva ordenanza no permite llevar a los perros a la playa durante la temporada estival y Semana Santa

La nueva ordenanza no permite llevar a los perros a la playa durante la temporada estival y Semana Santa

Poco tiempo de vigencia le queda a la escuálida ordenanza municipal de tenencia de animales en vigor, de 2004, si como pretende el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Almería se lleva este mes a Pleno para su aprobación inicial el nuevo texto normativo. Mucho más extenso, trata de conseguir el bienestar animal, con un amplio articulado sobre las condiciones que los dueños deben procurar a sus animales de compañía, la a veces difícil buena convivencia entre propietarios y vecinos, y luchar contra el maltrato animal y el abandono. Son éstas infracciones muy graves a las que les corresponde sanciones de hasta 30.000 euros.

La todavía vigente ordenanza especifica las multas para las infracciones consideradas leves, de 75 a 500 euros, pero dejaba la potestad sancionadora de las infracciones graves y muy graves a la Junta de Andalucía. Con el actual proyecto, que se demora desde hace más de cuatro años, la capital almeriense pasa a considerar muy grave no solo el maltrato animal.

También estará penalizado el abandono, un gesto inhumano con el que el Ayuntamiento se ha propuesto luchar. De hecho, se especifica las cuantías de las multas, que pueden oscilar entre los 2.001 a 30.000 euros. De igual modo, la acción, muchas veces denunciada, de colocar veneno en los espacios público para acabar, por ejemplo, con las colonias de gatos, y rociar fachadas con productos repelentes no autorizados para evitar los orines de los perros son faltas tipificadas como muy graves.

Lo son también la organización de peleas de perros o gallos, o la participación activa, así como el entrenamiento de los animales para el ataque.

Contempla el proyecto de ordenanza sanciones de hasta 30.000 euros para aquellos que suministre sustancias farmacológicas sin la prescripción o supervisión directa de un veterinario, así como para los que apliquen una medicación errónea, de modo incorrecto o no valore los efectos colaterales o indeseados que puedan suponer un sufrimiento injustificable para los animales.

Sanciones graves

Entre las sanciones graves, con multas desde 501 euros a 2.000, se encuentra el maltrato animal no invalidante, no vacunarlos, no procurarles las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, no darles asistencia veterinaria, la filmación de escenas que simulen crueldad, la asistencia a peleas de animales, no facilitar la alimentación sanitaria, vender mamíferos con menos de 40 días de vida o enfermos, o la posesión de animales no registrados ni identificados.

Infracciones leves

Las cuantías por las infracciones leves son las mismas que las contempladas en 2004, desde los 75 euros hasta 500. Entre ellas, se encuentran mantener los animales atados o encadenados de forma permanente, o ubicarlos en sitios donde molesten a vecinos. El alojamiento habitual de los animales en vehículos, balcones o lugares inapropiados, y dejar que duerman fuera. Permitir que ensucien la vía pública, tanto excrementos como orines.

Dos gatos ferales de una colonia en la calle Dos gatos ferales de una colonia en la calle

Dos gatos ferales de una colonia en la calle

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