Tribunales

Condenado a 13 años y medio de cárcel por violar en Almería a la sobrina de su pareja

Sede del TSJA en Granada.

Sede del TSJA en Granada. / EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a un hombre por violar en Almería a la sobrina menor de edad de su compañera sentimental.

La sentencia del Alto Tribunal andaluz confirma la de la Sección Segunda de la Audiencia de Almería, que señala cómo el acusado R.H.J.L. convivía "ocasionalmente" en la vivienda de la capital almeriense de su pareja, en la que también residían la hermana y la sobrina de 7 años de dicha mujer.

Según el fallo, durante una noche "no concretada" entre el 7 de marzo y el 26 de junio de 2012, el procesado utilizó su copia de sus llaves para entrar a este domicilio, en el que encontró a la menor sola, tumbada en un sofá del salón.

Con "ánimo de dar satisfacción a sus deseos libidinosos", se sentó a su lado, le retiró la ropa, la tumbó boca abajo y la violó. "La menor le pidió llorando que parase, a lo que el acusado hizo caso omiso y le exigió que se callara, para posteriormente decirle 'nunca le cuentes nada de esto a nadie'", abunda el fallo.

Finalmente, la víctima relató lo ocurrido a su madre, que denunció al procesado el 18 de diciembre de 2020.

Por estos hechos fue condenado por un delito de agresión sexual a menor a 13 años y medio de prisión y se le prohibió comunicarse y aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante 15 años, además de serle impuesta la medida de libertad vigilada durante ocho años y el pago de una indemnización de 30.000 euros.

Penas ratificadas ahora por el TSJA al desestimar el recurso de apelación contra el fallo de la Audiencia, ya que considera que "la sentencia de instancia analiza con detalle la declaración de la víctima, destacando que resultó clara, verosímil y persistente, ofreciendo detalles precisos del momento en que se produjo el ataque, el lugar donde ocurrió, y en qué consistió".

Añade que la madre de la víctima "llevaba años preocupada por su carácter, pues veía que era muy solitaria y se encerraba en sí misma, sin apenas salir ni relacionarse con terceras personas". "Por eso le preguntaba con frecuencia si le había ocurrido algo que quisiera contarle, no obteniendo respuesta alguna,", hasta que la menor, ya con 16 años, le relató "lo que le había pasado muchos años antes".

"En definitiva, no se acredita que el tribunal de instancia incurriera en ningún error patente en la valoración de las pruebas que se deba corregir, y la convicción alcanzada por el mismo, sobre la base de pruebas de cargo de indudable valor incriminatorio, resulta a todas luces lógica y coherente", concluye el Alto Tribunal.

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