Detenido después de denunciar un falso robo con violencia
Según el denunciante las cuatro personas, tres hombres y una mujer, entraron por la fuerza y registraron la vivienda y le sustrajeron un televisor, un teléfono móvil y otros efectos
Agentes de la Policía Judicial de la Comisaría de El Ejido han detenido a Francisco Javier G. R. de 30 años de edad por denunciar un inexistente robo con intimidación.
El detenido se presentó en dependencias policiales para denunciar la comisión de robo con violencia e intimidación en su domicilio por cuatro personas. Tal hecho se habría producido por espacio de dos horas, en la madrugada del día 15 al 16 de marzo, tiempo en el que había sido retenido y amenazado con un cuchillo. Según el denunciante las cuatro personas, tres hombres y una mujer, entraron por la fuerza y registraron la vivienda y le sustrajeron un televisor, un teléfono móvil y otros efectos.
A partir de la denuncia se inició una investigación para esclarecer los hechos y localizar y detener a los autores. En el transcurso de la misma los investigadores, al observar varias contradicciones en el relato de Francisco Javier, sospecharon que podría tratarse de una denuncia falsa.
Se comprobó que los hechos habían sido inventados por el denunciante y que, si bien era cierto que en esa fecha y en esa hora, esas cuatro personas habían estado en su domicilio no entraron por la fuerza ni retuvieron ni amenazaron al propietario. En cuanto a los efectos supuestamente sustraídos se averiguó que los mismos eran propiedad de la mujer que acudió a la vivienda, habiendo sido ésta su pareja y haber compartido el piso.
Al descubrirse la verdad de los hechos, Francisco Javier manifestó que presentó la denuncia porque quería vengarse de esas personas y no quería devolver los objetos que pertenecían a ex novia.
Por ello, se procedió a su detención del denunciante, pasando a disposición del Juzgado de Instrucción número uno de El Ejido.
La Policía Nacional presta especial atención a este tipo de denuncias falsas por supuesto delitos. Son, por lo tanto, casos típicos de simulación de delito, previsto en el artículo 457 del Código Penal.
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