El Supremo ya ha decidido si derriba el hotel de El Algarrobico

Tribunales

El alto tribunal ha deliberado este miércoles, pero su fallo no se conocerá hasta más adelante

La sentencia también determinará si se puede declarar jurisdiccionalmente la nulidad de la licencia

Activistas de Greenpeace pintaron sobre el hotel de El Algarrobico. / Rafael González
M.M.

Almería, 08 de diciembre 2022 - 07:00

Toca aguardar un poco más. Aunque la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo se ha reunido este miércoles para determinar si procede o no ordenar la demolición del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en una deliberación en la que se fijará si en casos como el de la polémica edificación puede “declararse jurisdiccionalmente” la nulidad de una licencia de obras una vez que ya han sido anulados los instrumentos normativos en los que se basó su otorgamiento, el fallo no se hará público por el momento.

Posiblemente habrá que esperar a que la correspondiente sentencia se haya puesto por escrito.

Cabe recordar que esta deliberación se produce tras la admisión de un recurso de casación interpuesto por Greenpeace, al considerar que la “cuestión planteada” por el colectivo ecologista “presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia”.

Una cuestión que “consiste en determinar si en supuestos como el presente”, con la citada desestimación por silencio administrativo, “puede declararse jurisdiccionalmente la nulidad de una licencia, con todas las consecuencias inherentes a dicha declaración, tras la anulación de los instrumentos normativos en los que se basó su otorgamiento”.

El TS señala que Greenpeace presentó un recurso frente a la desestimación del Ayuntamiento de Carboneras de la solicitud de anulación y archivo definitivo del sector de suelo urbanizable ST1, El Algarrobico, con el objeto de que figurase en el plan general de ordenación urbana (PGOU) como suelo no urbanizable; con la "consiguiente anulación" de la licencia de obras y la apertura de un expediente de demolición del hotel.

Este recurso fue estimado parcialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en lo relativo a obligar al Consistorio a revisar de oficio la licencia de obras por la posible existencia de la existencia de una "nulidad de pleno derecho", no así en lo relativo al expediente de demolición y derribo el inmueble.

El fallo del TSJA fue recurrido tanto por el Ayuntamiento, cuyo recurso fue rechazado por el TS, como por Greenpeace, de forma que el Supremo dio la razón al colectivo, que había cuestionado la necesidad de que nuevamente se tuviese que someter a la "consideración municipal" la revisión de oficio de la licencia, "por un mero principio de economía procesal".

Especialmente al tener en cuenta que "la construcción del hotel se llevó a cabo en un parque natural, invadiendo la servidumbre de protección y sustentada en un planeamiento que ha sido declarado nulo".

El TS determina que existe el interés casacional observado por Greenpeace e identifica "como normas que, en principio, serán objeto de interpretación las siguientes: artículo 24 CE, artículos 71 y 73 LJCA y artículos 47.1.f) y 106 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

En un escrito de oposición al recurso de Greenpeace, el Ayuntamiento de Carboneras ha sostenido que es "inadmisible" prescindir de la anulación de la licencia de obras del hotel y ordenar "directamente" la demolición de dicho inmueble.

El Consistorio asegura que "la recurrente pretende prescindir, no solamente del procedimiento legalmente contemplado para la revisión de oficio de los actos administrativos declarativos de derechos, sino de cualquier pronunciamiento en relación a la anulación de la licencia que ampara las obras cuya demolición pretende".

Cabe recordar que, según apuntó en octubre el consejero de Sostenibilidad, Ramón Fernández-Pacheco, la Junta de Andalucía ha vuelto a consignar este año en sus presupuestos una partida de 1,1 millones de euros destinada al derribo del hotel, así como para el desescombro que haya que realizar en ese lugar.

Se trata de la misma cuantía que en los anteriores presupuestos se incluyó con cargo al programa de Información Ambiental y Dinamización Socioeconómica Sostenible de la Consejería de Agricultura.

Aún pendiente la declaración como no urbanizables de los suelos

El Ayuntamiento de Carboneras ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía más tiempo para ejecutar la sentencia que lo obliga a calificar como no urbanizables los suelos de El Algarrobico y El Canillar, porque son actuaciones complejas que implican la intervención de varias administraciones.

Esta petición se produce después de que el alto tribunal andaluz apercibiese al alcalde carbonero, José Luis Amérigo (PSOE), con multas semanales de 250 euros de no cumplir esta sentencia, en respuesta a un escrito presentado por diversos colectivos ecologistas en el que se informaba de que "a fecha de hoy El Algarrobico sigue figurando como urbanizable".

En el escrito del Consistorio, consultado por EFE, el gobierno local señala que el Ayuntamiento "ya realizó actuaciones directamente dirigidas al cumplimiento de la sentencia", y explica que el concejal delegado de Urbanismo procedió a dar cuenta al pleno de la modificación numero 1 al PGOU, "elaborada a fin de proceder al cumplimiento" de este fallo.

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