"Te tengo que matar": condenado por amenazar a su pareja delante de los agentes que acudieron a auxiliarla
La Audiencia confirma la pena de prisión pero reduce la distancia de la orden de alejamiento de 500 a 200 metros al ser lo que pidió el Fiscal
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la condena de nueve meses de prisión y dos años de privación del derecho a portar armas para un hombre que amenazó de muerte a su pareja sentimental en presencia de las fuerzas de seguridad. Los hechos ocurrieron la noche del 22 de julio de 2024 en una vivienda de la localidad de Berja.
Según la sentencia, la Guardia Civil acudió al domicilio tras recibir una llamada de auxilio. Al llegar la patrulla, los agentes encontraron al acusado en la puerta de la vivienda y fueron testigos directos de cómo este se dirigía a la mujer diciéndole: "Te tengo que matar". El fallo destaca la contundencia de la prueba testifical de los agentes, quienes describieron que el hombre mostraba una actitud agresiva, alzando la mano y señalando a la víctima, quien se encontraba muy cerca y presentaba un evidente estado de nerviosismo y temor.
La defensa intentó recurrir alegando que el acusado estaba ebrio ("tres o cuatro cervezas") y que la víctima había intentado suavizar su versión en el juicio diciendo que no oyó la amenaza. Sin embargo, el tribunal ha sido tajante: el testimonio directo del agente prevalece sobre el intento de la víctima de proteger a su agresor, y no se ha probado ninguna intoxicación etílica que anulara las facultades del procesado.
La única modificación que introduce la Audiencia es técnica. El juzgado de lo Penal había impuesto una orden de alejamiento de 500 metros, pero el tribunal la ha rebajado a 200 metros. El motivo no es la menor gravedad de los hechos, sino el respeto al principio acusatorio, ya que el Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, solo había solicitado esa distancia menor y el juez no puede imponer una pena superior a la pedida por las acusaciones.
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