Absuelta de administración desleal una exadministradora de un centro deportivo de Almería
La magistrada no aprecia intención de perjudicar a la empresa y constata la retirada de la acusación particular
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Una mujer que fue socia y administradora solidaria de una empresa dedicada a actividades deportivas en Almería ha sido absuelta del delito continuado de administración desleal por el que había sido acusada por el Ministerio Fiscal, que pedía dos años de prisión y una indemnización de 24.450 euros para los otros socios. La sentencia, dictada in voce por el Juzgado de lo Penal número 5, es firme tras la renuncia expresa de las partes a presentar recurso.
Según los hechos probados, la acusada ejerció como administradora solidaria de la sociedad limitada tras este negocio desde su constitución en noviembre de 2017 hasta diciembre de 2018. Durante ese tiempo, se ocupaba de tareas administrativas y de gestión financiera, mientras que sus socios ejercían de entrenadores personales.
“No ha resultado probado que la acusada, durante el periodo que desempeñó el cargo de administradora de la sociedad, lo hiciera abusando de él con la intención de causarle perjuicio a la misma”, concluye la magistrada.
En el juicio oral, tanto la acusada como uno de sus exsocios coincidieron en señalar que las decisiones se tomaban de forma consensuada y que, tras revisar los movimientos bancarios sospechosos, “han cuadrado la contabilidad y está todo en orden”, según declaró uno de ellos. También se constató que el otro socio se desvinculó del negocio en 2022, dejando sus participaciones.
“No se ha aportado ni un solo elemento de prueba de cargo revelador de que, durante el periodo en el que la acusada desempeñó el cargo, lo hiciera con intención de perjudicar a la sociedad”, recoge el fallo.
El juzgado también tuvo en cuenta que la acusación particular retiró las acciones penales y civiles, lo que refuerza la inexistencia de perjuicio alguno. La resolución insiste en que la carga de la prueba recae en la acusación, que no logró sostener los hechos que sustentaban la imputación.
Finalmente, la magistrada acuerda declarar de oficio las costas procesales.
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