Absuelven a un acusado de tocamientos y hostigamiento sexual a la hija menor de su pareja

Los magistrados expresan sus dudas sobre el testimonio de la denunciante y apuntan a una posible inquina al acusado por parte del hermano de ésta

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Audiencia Provincial de Almería.
Audiencia Provincial de Almería.
EFE

02 de julio 2025 - 16:37

La Audiencia de Almería ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a una pena de cinco años de cárcel por presuntos tocamientos a la hija menor de su compañera sentimental, quien también denunció un hostigamiento sexual por parte de este procesado.

La sentencia de la Sección Segunda señala que el acusado convivió durante las dos primeras semanas de septiembre del año pasado con su pareja y la hija de 17 años de ésta, en un domicilio ubicado en el municipio almeriense de Níjar.

A pesar de ello, no ha quedado probado para los magistrados que durante este tiempo instase a la denunciante a besarlo como si no fuese su “padrastro”, le ofreciese dinero a cambio de mantener relaciones sexuales, o le dijese que ni no tenía nada que hacer con él tampoco comería de su comida.

En esta misma línea, no se ha acreditado que el procesado, representado por la abogada Mónica Moya, realizase tocamientos en los pechos de la menor o la intentase besar en la boca sin su consentimiento.

Todo ello a pesar de que la Fiscalía lo consideraba autor de un delito continuado contra la libertad sexual, por el que había solicitado cinco años de prisión, una orden de alejamiento, la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante seis años o para trabajar con menores durante 12, así como el pago de una indemnización de 7.000 euros a la menor.

Tras valorar las pruebas, los magistrados consideran que la declaración testifical de la denunciante no responde a los parámetros que proporciona la jurisprudencia sobre credibilidad, verosimilitud o de persistencia en la incriminación, “sin ambigüedades ni contradicciones importantes”.

“La denunciante no facilitó un relato espontáneo. Fue precisa la continua intervención del Ministerio Fiscal para que respondiera a las principales cuestiones y aún así lo hizo de manera escueta, sin ofrecer detalles ni datos que den consistencia a lo manifestado. Además, se desdijo en algunos aspectos (...) En sí mismo, el testimonio resultó poco convincente”, apunta el fallo.

A ello, los magistrados suman que este relato tampoco ha quedado corroborado por “medios o elementos externos”, a la vez que destacan que no se puede “ignorar” la “notoria mala relación” que existe, “cuando menos”, entre el hermano de la menor y el acusado.

“Lo cierto es que la mala relación es evidente y ello obliga a valorar las declaraciones con extrema cautela”, subrayan, añadiendo a continuación que el propio acusado insistió durante el juicio en que “todo obedecía a la inquina que le profesaba” el hermano de la menor.

“Se suscitan dudas que, por aplicación del principio pro reo, han de conducir a la libre absolución del acusado”, concluyen.

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