El acusado del crimen de Níjar acepta 7 años de cárcel y evita al jurado tras un acuerdo de la defensa

La letrada Mónica Moya logra rebajar la petición fiscal de 30 años por asesinato a una condena como cómplice de homicidio

El juez archiva la causa contra el 'acosador del autobús' Almería-Madrid: la víctima no pudo reconocerlo

Audiencia Provincial de Almería.
Audiencia Provincial de Almería. / D.A.

El juicio con jurado popular que debía comenzar este lunes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería por la muerte violenta de un joven en Campohermoso (Níjar) se ha resuelto en cuestión de minutos y sin necesidad de constituir el tribunal lego. El acusado, Rayan H., ha reconocido los hechos y ha aceptado una pena total de siete años de prisión, eludiendo así la condena de 30 años de cárcel por asesinato y robo que solicitaba inicialmente el Ministerio Público.

El desenlace se ha producido tras un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía y la defensa del procesado, ejercida por la abogada Mónica Moya. La letrada ha logrado una rebaja sustancial de la pena al conseguir que se modifique la calificación jurídica de los hechos: su cliente ha sido condenado finalmente a dos años de prisión por un delito de robo con violencia y a cinco años como cómplice de un delito de homicidio, descartándose la autoría material de la muerte y la alevosía que sustentaba la acusación de asesinato.

Los hechos juzgados se remontan a la madrugada del 26 de noviembre de 2024. Según los hechos probados que ahora son firmes, Rayan H. y un menor de edad —Ismail D.F., quien ya fue condenado por el Juzgado de Menores en marzo de 2025—, urdieron un plan para robar a la víctima, Mouhcine Arich, un joven de 28 años que se encontraba en la calle en un "evidente estado de embriaguez" y tras haber consumido cocaína.

La sentencia recoge que ambos acudieron al cruce del Camino de Vera con el Camino de las Negras de la localidad nijareña. Mientras Rayan H. realizaba labores de vigilancia a una distancia prudencial, el menor se encapuchó, se acercó a la víctima y le propinó una "tremenda patada" en la cabeza que lo dejó desplomado, momento que aprovechó para robarle el móvil y huir.

Es en la secuencia posterior donde la defensa ha logrado acreditar el menor grado de participación del adulto. Tras el golpe del menor, Rayan se acercó a la víctima y, "lejos de auxiliarle", volvió a registrarle y le dio otra patada. Sin embargo, el fallo judicial admite que esta segunda agresión fue "de menor entidad" y no fue la causante de la muerte, aunque dejó al hombre en estado de absoluta inconsciencia. La autopsia confirmó que el fallecimiento, ocurrido a las 01:24 horas, se debió al daño cerebral masivo provocado por el primer impacto.

El relato de los hechos revela además que, tras repartirse los efectos robados en un lugar seguro, los dos agresores regresaron a la escena del crimen minutos más tarde, a las 00:34 horas. Lo hicieron no para socorrer al herido, que agonizaba en el suelo, sino para cerciorarse de no haber dejado pruebas que les incriminaran, dejándolo finalmente abandonado a su suerte hasta que fue encontrado por un vecino.

Además de la pena privativa de libertad, Rayan H., que permanece en prisión provisional desde el 4 de diciembre de 2024, deberá abonar una indemnización de 88.905,56 euros a la madre del fallecido.

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