Atracador "en cadena": condena firme tras robar a una mujer en un cajero y asaltar a una menor diez minutos después
Fue delatado por su propia torpeza: al forcejear con la segunda víctima se le cayó la documentación que había robado a la primera
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la sentencia condenatoria contra un hombre que protagonizó una tarde de violencia en las calles de Roquetas de Mar. El tribunal ha ratificado una pena total de cuatro años de prisión (dos por cada delito) para el acusado, que perpetró dos robos con violencia prácticamente consecutivos utilizando la furgoneta de su padre para moverse y huir.
La secuencia delictiva comenzó sobre las 16:25 horas del 5 de mayo de 2024. El condenado asaltó a una mujer que retiraba 40 euros de un cajero del Banco Sabadell en la Avenida de Roquetas. Para hacerse con el botín, no dudó en emplear la violencia física, llegando a clavar las uñas en las manos de la víctima hasta arrebatarle el monedero con sus tarjetas. Inmediatamente después, huyó en una Renault Kangoo conducida por un cómplice.
Sin tiempo que perder, a las 16:35 horas, el vehículo paró en la calle Romanilla. Allí, el acusado fijó su objetivo en una chica de 17 años. Tras distraerla pidiendo una dirección, se abalanzó sobre ella, sujetándola por la cintura y los brazos para quitarle el bolso. El tirón fue tan violento que rompió el asa del mismo.
El error que cerró el caso
Aunque la defensa intentó cuestionar la autoría alegando que las imágenes de las cámaras no eran claras, la realidad de los hechos se impuso por un detalle casi cinematográfico. En su precipitada huida tras robar a la menor, al atracador se le cayeron al suelo las tarjetas bancarias y el DNI que había robado minutos antes a la mujer del cajero. Este rastro unió indisolublemente ambos delitos y, junto al reconocimiento de la víctima menor de edad en el juicio, selló su condena.
El tribunal también ha desestimado el intento de la defensa de alegar problemas de salud mental para evitar la prisión. Los magistrados señalan que los informes aportados, que datan de 2011 y 2014 y mencionan un trastorno psicótico antiguo y problemas de columna, no demuestran en absoluto que el acusado no fuera dueño de sus actos en 2024. Además de la cárcel, se le imponen órdenes de alejamiento de 500 metros respecto a ambas víctimas durante seis años.
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