Almería

23 ayuntamientos están cobrando este año el mínimo IBI posible

  • Estos consistorios aplican el gravamen del 0,4% en el caso del Impuesto sobre Bienes e Inmuebles Urbanos. 15 gobiernos locales aplican el mínimo tipo para el IBI rústico, el 0,3%.

En tiempos de crisis económica los ayuntamientos han de afrontar una de las decisiones más difíciles de cuantas han de tomar durante el mandato otorgado por los ciudadanos: qué tipo de gravamen se va a aplicar al valor de los bienes e inmuebles propiedad de los vecinos y del cual depende la recaudación municipal derivada de los recibos del IBI.

Este año 23 de los ayuntamientos de la provincia están aplicando el mínimo gravamen posible en el caso del Impuesto sobre Bienes e Inmuebles Urbanos. Este tipo es el 0,4% y los municipios donde es más barato el recibo son: Alcóntar, Alcudia de Monteagud, Alicún, Alsodux, Armuña de Almanzora, Bayárcal, Benitagla, Benizalón, Chercos, Chirivel, Fiñana, Los Gallardos, Líjar, Nacimiento, Santa Cruz de Marchena, Sierro, Somontín, Suflí, Tahal, Terque, Turrillas, Urrácal y Velefique.

Por su parte, 15 ayuntamientos almerienses están aplicando este año el mínimo gravamen posible en el caso del Impuesto sobre Bienes e Inmuebles Rústicos. Este tipo es el 0,3% y los municipios donde el recibo es más barato son: Alcóntar, Felix, Garrucha, Huércal de Almería, María, Ohanes, Purchena, Sierro, Somontín, Suflí, Taberno, Turrillas, Urrácal, Velefique y Zurgena.

De esta forma, se puede comprobar que hay siete ayuntamientos cuyos plenos municipales han aprobado que este año los vecinos soporten la mínima carga fiscal posible en lo que se refiere al impuesto sobre las propiedades. Alcóntar, Sierro, Somontín, Suflí, Turrillas, Urrácal y Velefique aplican un tipo del 0,4% en el caso de las fincas urbanas y un 0,3% en cuanto a las fincas rústicas.

Las ordenanzas fiscales que aprueban cada año los ayuntamientos incluyen el gravamen que se aplica a cada uno de los impuestos municipales para los que se tiene en cuenta el valor catastral de la propiedad, el cual viene determinado por las ponencias de valores llevadas a cabo por la Dirección General del Catastro. Y según la legislación actual, el tipo de gravamen mínimo será el 0,4 por ciento cuando se trate de bienes inmuebles urbanos y el 0,3 cuando se trate de bienes inmuebles rústicos. El máximo será el 1,10% para los urbanos y 0,90% para los rústicos.

Seis ayuntamientos de la provincia están aplicando este año un gravamen igual o superior al 0,8% en el caso del IBI Urbano: Santa Fe de Mondújar (0,90por ciento), Bentarique (0,85%), Adra y Roquetas de Mar (0,82 por ciento), Castro de Filabres y Dalías (0'80%). En el caso del IBI Rústico, hay 26 con un tipo superior a ese 0,8 por ciento. Destacan los casos de El Ejido (1,16%), Dalías (1,05 por ciento), Níjar (uno por ciento), Adra (1,03%), Vélez Rubio (0,92 por ciento), La Mojonera  y Berja (0,90%).

De esta forma, Roquetas de Mar, Adra y Dalías son los que más caro cobran el IBI, superando el 0,8% tanto en urbano como en el tipo para zonas rústicas.

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