Bronca en una pizzería de la Rambla: el cliente borracho acaba con la nariz rota y condenado
Absuelven de amenazas al agresor, pero confirman las multas por lesiones tras el altercado en el que la pareja de la empleada le partió el tabique nasal al defenderse
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería ha dictado sentencia firme sobre un violento incidente ocurrido en el Telepizza de la Avenida Federico García Lorca, resolviendo los recursos cruzados tras una pelea iniciada por un cliente insatisfecho. El tribunal ha decidido absolver al acusado principal de los delitos de amenazas, pero ha ratificado su condena por dos delitos leves de lesiones, así como la sanción impuesta a la pareja de la trabajadora, que le rompió la nariz al repeler la agresión.
El suceso tuvo lugar a las 00:00 horas del 5 de marzo de 2023. El condenado, que iba bajo los efectos del alcohol, entró al local exigiendo ser atendido. Cuando la empleada le indicó que debían cerrar, el hombre lanzó una advertencia clara: "Vas a pillar tú y la niña". Acto seguido, cumplió su palabra: golpeó a la chica en el pómulo y atacó también a su novio, que la esperaba dentro, causándole lesiones en la cara y la rodilla.
El acompañante de la víctima reaccionó propinando un puñetazo al agresor, quien cayó de espaldas y sufrió una fractura de los huesos propios de la nariz.
Absuelto de amenazas, condenado por pegar
La Audiencia ha corregido parcialmente el fallo del Juzgado de Instrucción nº 1. Los magistrados razonan que no se puede condenar por amenazar con un mal ("vas a pillar") y a la vez por ejecutar ese mal (el golpe) si todo ocurre en el mismo acto. Por ello, aplican el principio de consunción y eliminan la pena por amenazas, dejando solo la de lesiones.
Sin embargo, el tribunal rechaza rebajar la cuantía de la multa alborotador. Se confirma que deberá pagar 90 días de multa a 12 euros diarios por cada delito de lesiones, dado que fue él quien "irrumpió en un contexto laboral pacífico" y provocó la violencia. Por su parte, la pareja de la empleada mantendrá una pena mínima de 30 días de multa, al entender el juez que actuó en una situación "próxima a la legítima defensa". Además, se ratifican las indemnizaciones cruzadas: el agresor inicial cobrará más de 2.000 euros por su nariz rota, mientras que él deberá pagar 360 euros a sus víctimas.
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