Cárcel por agarrar del cuello a su pareja y estamparla contra la pared al grito de "te mato"

La Audiencia confirma 18 meses de prisión para un vecino de Roquetas que causó a la víctima una contusión en la cabeza y dolor en la tráquea tras una discusión doméstica

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Mujeres alzan la voz contra la violencia machista. / EFE/ Almudena Álvarez

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha ratificado una condena de 18 meses de prisión para un hombre que protagonizó un episodio de violencia machista en su domicilio de Roquetas de Mar. El tribunal ha confirmado la sentencia de instancia que le considera culpable de un delito de lesiones y otro de amenazas en el ámbito familiar, validando el relato de la víctima, quien sufrió un ataque físico directo acompañado de graves advertencias sobre su vida.

Los hechos se remontan al mediodía del 3 de septiembre de 2024. Sobre las 14:00 horas, se inició una discusión en la vivienda que la pareja compartía. Lejos de quedar en un intercambio verbal, la situación escaló rápidamente cuando el acusado decidió emplear la fuerza bruta contra la mujer.

Según declara probado la sentencia, el hombre la agarró por el cuello, inmovilizándola, y acto seguido la empujó con violencia hasta golpearla contra la pared. Mientras ejecutaba esta agresión física, no dejó de amedrentarla con frases inequívocas: "Te mato, te mato", le repitió, sembrando el terror en la víctima.

El ataque dejó huellas físicas evidentes. La mujer tuvo que ser atendida por los servicios sanitarios, que diagnosticaron un "gran hematoma" en el brazo y el hombro, fruto probablemente del forcejeo o del impacto contra el muro. Además, presentaba una contusión en la cabeza y, lo que resulta más inquietante por la mecánica del ataque, una "cervicalgia anterior con dolor sobre la tráquea", signo característico de la presión ejercida sobre el cuello.

Prueba de cargo suficiente

El agresor recurrió el fallo inicial del Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería negando los hechos y asegurando que no había pruebas suficientes para condenarlo. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha desestimado su recurso punto por punto. Los magistrados destacan la solidez del testimonio de la mujer, que se mantuvo firme y sin contradicciones.

Además, su versión no estaba aislada. Los agentes de la Guardia Civil, que acudieron a la casa alertados por los vecinos que oyeron la trifulca, testificaron que encontraron a la víctima en un estado de "nerviosismo y ansiedad" compatible con lo sucedido. El informe médico de urgencias y el dictamen del forense terminaron de cerrar el círculo probatorio, confirmando que las heridas eran reales y coincidían con la narración de la agresión.

La condena es firme en la vía ordinaria (solo cabe recurso de casación ante el Supremo) e incluye, además de la pena de prisión, la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante tres años, la privación del derecho a tener armas y el pago de una indemnización de 452 euros. Se mantiene vigente el dispositivo telemático de control para asegurar el cumplimiento del alejamiento.

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