Cárcel para el ladrón que se escondió tras un árbol antes de reventar una carnicería en El Ejido

La Audiencia confirma la condena de dos años de prisión gracias al testimonio de una vecina y de un policía que lo identificó merodeando la zona poco antes del asalto

Ratifican la absolución de un jefe de Almería denunciado por coaccionar a una empleada con su nómina

El ladrón ha sido condenado.
El ladrón ha sido condenado. / D.A. (Gemini)

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha ratificado la condena de dos años de prisión para un hombre por su participación en un robo con fuerza cometido en un establecimiento comercial de El Ejido. El tribunal ha desestimado el recurso de apelación de la defensa y ha confirmado la sentencia de instancia, que lo considera culpable de desvalijar una carnicería en colaboración con otro delincuente, quien ya fue condenado por estos mismos hechos en un juicio rápido celebrado con anterioridad.

El suceso tuvo lugar en la madrugada del 4 de enero de 2023. Según los hechos probados, los dos ladrones se dirigieron a una carnicería ubicada en el núcleo urbano de El Ejido, con la intención de saquearla aprovechando que estaba cerrada al público. Para acceder al interior, emplearon la fuerza bruta: forzaron la persiana metálica enrollable y fracturaron el cristal de la puerta de entrada.

Una vez dentro, los asaltantes se hicieron con un botín considerable. Sustrajeron 1.300 euros en efectivo de la caja registradora y se llevaron también material informático, concretamente un ordenador de sobremesa marca Lenovo y un router wifi. Además del robo, su acción provocó cuantiosos daños materiales en el local, tasados en 850 euros por la reparación de los accesos y otros 725 euros por el valor de los equipos tecnológicos dañados o desaparecidos.

La testigo y el policía

La defensa del acusado recurrió la sentencia alegando que no existían pruebas suficientes para condenarlo y que se había vulnerado su presunción de inocencia. Sin embargo, la Audiencia Provincial ha desmontado esta tesis apoyándose en dos pilares probatorios que considera "validos y suficientes".

En primer lugar, el tribunal destaca la declaración de una testigo presencial, vecina de la zona, a la que la sentencia califica de "objetiva e imparcial". Esta mujer mantuvo su versión de los hechos desde la fase policial hasta el juicio oral, identificando la connivencia entre los dos autores para perpetrar el robo. Su testimonio fue clave para situar al acusado en la escena del crimen colaborando activamente en la fractura del local.

En segundo lugar, la condena se refuerza con la declaración de un agente de policía. Este funcionario relató en el juicio que había identificado al acusado momentos antes de que ocurriera el robo, observando una conducta claramente sospechosa: se estaba escondiendo detrás de un árbol en las inmediaciones de la carnicería, presumiblemente vigilando o esperando el momento oportuno para actuar.

Indemnización millonaria

La Sala concluye que la valoración de la prueba realizada por la juez de lo Penal nº 6 es lógica y racional, por lo que no cabe revocar el fallo. Además de la pena privativa de libertad, el condenado deberá afrontar una importante responsabilidad civil. El fallo le obliga a indemnizar al propietario de la carnicería con un total de 2.875 euros: 1.300 por el dinero robado y 1.575 por los daños y los objetos sustraídos. El tribunal también le impone el pago de las costas procesales de la primera instancia, declarando de oficio las de la apelación.

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