Cinco años y medio de cárcel por intentar matar a un hombre en Gádor tras una disputa por un mechero

La Audiencia Provincial acuerda la expulsión del condenado del territorio nacional una vez cumpla dos tercios de la pena

Detenido el autor de un butrón en una nave industrial de Almería tras ser sorprendido por el dueño

Audiencia Provincial de Almería.
Audiencia Provincial de Almería.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cinco años y medio de prisión a un hombre por un delito de homicidio en grado de tentativa, tras considerar probado que apuñaló a otro varón en el costado durante una discusión iniciada en un parque de la localidad de Gádor. El fallo judicial ordena además la expulsión del procesado del territorio nacional y la prohibición de entrada en España durante diez años, medida que se llevará a cabo una vez que el encausado haya extinguido las dos terceras partes de la condena impuesta.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 18:30 horas del 1 de enero de 2024 en las inmediaciones de un establecimiento hostelero del municipio. Según recoge la sentencia, el acusado se aproximó a la víctima y a un amigo de esta con la excusa de pedirles fuego. Tras entregarle el encendedor, se produjo un altercado cuando el agresor intentó meter la mano en la mochila del perjudicado, momento en el que le golpeó en la cabeza con una botella de cristal.

Acto seguido, esgrimiendo una navaja de grandes dimensiones y con intención de acabar con su vida, le asestó una puñalada en la base del hemitórax izquierdo, provocándole un neumotórax y diversas heridas que requirieron ingreso hospitalario. El tribunal ha apreciado el ánimo de matar (animus necandi) debido a la zona vital elegida para el ataque, la peligrosidad del arma y la conducta posterior del agresor, que huyó del lugar dejando a la víctima sangrando en el suelo.

Durante el incidente, el amigo de la víctima intervino para detener la agresión y, al intentar arrebatar el arma agarrándola por el filo, sufrió cortes en la mano. No obstante, la Sala ha decidido absolver al procesado del delito de lesiones por estos hechos concretos, al entender que las heridas del testigo fueron accidentales y fortuitas durante su maniobra defensiva, sin que existiera voluntad directa de agredirle a él.

Pese a que el acusado negó en el juicio conocer a los denunciantes, la investigación de la Guardia Civil corroboró la versión de las víctimas. Los agentes confirmaron la identidad del autor gracias a que los testigos facilitaron su número de teléfono y una fotografía obtenida de redes sociales, que coincidía plenamente con los archivos policiales. Además de la pena de prisión, el condenado deberá indemnizar al herido con 2.080 euros y no podrá acercarse a él a menos de 500 metros durante nueve años.

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