Condenado en Almería por acceder al móvil de su exmujer para hacerse con un contrato

Usó para ello un móvil que su expareja le había dado antes de romperse la relación

Continúa la cruzada almeriense por supuesto intrusismo contra el perito informático del caso Marta del Castillo

Gmail.
Gmail. / Pixabay
EFE

19 de febrero 2025 - 16:14

El Juzgado de lo Penal número 6 de Almería ha impuesto un año de prisión a un hombre que utilizó sin consentimiento la cuenta de correo de su exmujer para acceder a las redes sociales, servicios en Internet y discos duros virtuales de ésta, llegando a descargarse un contrato que la misma había suscrito.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que el acusado presentó el 11 de febrero de 2021, durante la vista de su divorcio, un contrato de compraventa de una vivienda que su todavía esposa había firmado con una tercera persona, una prueba documental que había conseguido tras acceder sin permiso al correo electrónico de la mujer.

El fallo concreta que accedió a la cuenta de la denunciante a través de un teléfono móvil en el que se encontraba instalado el correo de la perjudicada.

Además, revela que antes de la ruptura de la relación con su mujer, ésta le había entregado dicho terminal telefónico tras adquirir uno nuevo.

De esta forma, una vez cesada la relación, aprovechó que la cuenta de correo se encontraba activa en el teléfono para hacerse con este contrato almacenado en la nube de Google Photos, así como para entrar en redes sociales de la víctima, como Instagram o Facebook, así como en Google Drive, Gmail, Google Photos, e incluso a la plataforma de grabación Samsung Voice Recorder, entre otros.

El juez hace referencia a un informe presentado por el decano del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, Pedro de la Torre, que contrapone al presentado por la defensa del acusado, y que se considera fundamental para acreditar la participación del acusado en los hechos que se le imputan.

Todo ello “sin que pueda acogerse, ni que el acceso a todas esas aplicaciones haya sido realizado por el hijo menor del acusado, tal y como el mismo planteó, ya que por aquel entonces tendría cuatro años, ni que un supuesto abogado sin identificar fuese el que le facilitó el contrato a su abogado, ya ninguna prueba se ha practicado sobre tales extremos”.

Por todo ello, el hombre ha sido condenado a un año de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, aunque la sentencia aún no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Almería. 

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