Condenado por conducir ebrio y causar un accidente en la carretera de Alicún

El acusado arrojó un resultado de 0,92 y 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado

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Imagen de archivo de un control de alcoholemia de la Guardia Civil
Imagen de archivo de un control de alcoholemia de la Guardia Civil / EFE/Julián Pérez

Una juez de Almería ha condenado a un hombre por un delito contra la seguridad vial tras provocar un accidente de tráfico mientras conducía con una tasa de alcohol tres veces superior al límite legal. El suceso tuvo lugar en diciembre de 2024 en la carretera de Alicún, en Roquetas de Mar, y se saldó con daños materiales en los vehículos implicados, aunque afortunadamente no hubo que lamentar heridos.

Los hechos fueron reconocidos por el acusado en el acto del juicio, en el que se alcanzó una conformidad entre las partes. Según recoge la sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Almería, el hombre circulaba al volante de una furgoneta por dicha vía sobre las 19:40 horas del 21 de diciembre cuando colisionó por alcance con un turismo que circulaba delante de él.

El tribunal considera acreditado que el condenado conducía bajo los efectos del alcohol, lo que le provocaba una reducción del campo visual y una evidente lentitud de reflejos. Su comportamiento fue descrito como una conducción no atenta ni diligente, y los agentes de la Policía Local de Roquetas de Mar que intervinieron en el lugar observaron un fuerte olor etílico y movimientos oscilantes al intentar mantener la verticalidad.

Las pruebas de alcoholemia confirmaron estas impresiones: el acusado arrojó un resultado de 0,92 y 0,90 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en los dos test realizados con quince minutos de diferencia. Estos valores triplican ampliamente el límite legal permitido, fijado en 0,25 mg/l.

Como consecuencia de la colisión, el turismo afectado sufrió daños valorados pericialmente en 183,92 euros. El propietario del vehículo siniestrado ha reclamado dicha cantidad, mientras que el dueño del vehículo conducido por el acusado ha renunciado expresamente a cualquier compensación económica por los desperfectos sufridos.

La juez impone al acusado una multa de seis meses, a razón de tres euros diarios, así como la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año y un día. Además, se le condena al pago de las costas procesales y a abonar, junto a su aseguradora, la mencionada indemnización por los daños materiales, con los intereses legales correspondientes.

La sentencia ya es firme tras haber sido ratificada en el acto del juicio. Este caso vuelve a poner de manifiesto las consecuencias penales de conducir bajo los efectos del alcohol y la responsabilidad civil derivada de los daños ocasionados por una conducción temeraria.

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