Condenado por facilitar contratos falsos para obtener prestaciones sociales indebidas
Su empresa tenía como único propósito simular relaciones laborales inexistentes, con el objetivo de lucrarse
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El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a un hombre de origen rumano a un año y nueve meses de prisión por elaborar y vender contratos de trabajo ficticios a fin de que terceras personas pudieran obtener prestaciones públicas indebidas con cargo a la Seguridad Social.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el acusado, C.M. actuó como administrador único de una empresa durante los años 2013 y 2014. La juez considera probado, por conformidad de las partes, que dicha empresa tenía como único propósito simular relaciones laborales inexistentes, con el objetivo de lucrarse a cambio de facilitar el acceso fraudulento a subsidios y prestaciones.
C.M. elaboraba contratos en los que figuraba como empleador a través de su sociedad, los entregaba a personas que nunca habían trabajado realmente para él y proporcionaba los correspondientes certificados de empresa y cobraba diversas cantidades de dinero, no especificadas en la resolución judicial.
El fallo detalla tres casos concretos de personas que recurrieron a esta práctica, todas ellas en paradero desconocido, y que fueron dadas de alta en la Seguridad Social como trabajadoras ficticias de la empresa.
En el primer caso, el acusado, en connivencia con D.M., lo dio de alta dos veces como empleado: del 28 de octubre al 20 de noviembre de 2013 y del 21 de abril al 30 de agosto de 2014. Gracias a estos documentos, D.M. obtuvo el 3 de diciembre de 2013 una prestación por desempleo de 3.110 euros, y el 23 de abril de 2014 un subsidio por valor de 1.846 euros.
De manera similar, en colaboración con D.L.M., el acusado dio de alta ficticiamente a esta mujer del 23 de octubre de 2013 al 1 de abril de 2014. Ella utilizó el certificado para solicitar y conseguir una prestación por maternidad de 3.596,32 euros en diciembre de 2013, así como un subsidio por desempleo por 2.115,80 euros en abril del año siguiente.
Un tercer caso afectó a C.S., quien fue dada de alta entre el 30 de diciembre de 2013 y el 7 de enero de 2014. Gracias al documento fraudulento emitido por el acusado, obtuvo un subsidio por desempleo de 2.556 euros, reconocido el 16 de enero de 2014.
En todos los casos, la magistrada subraya que el acusado actuó con conocimiento de que estaba falseando la realidad, con el propósito de que sus supuestos empleados accedieran indebidamente a ayudas públicas.
Aunque el Instituto Nacional de la Seguridad Social no ha reclamado las cantidades defraudadas al haber sido canceladas en enero de 2020, el acusado ha sido condenado a indemnizar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en 3.067,20 euros, cantidad sobre la que se aplicarán los intereses legales correspondientes.
La sentencia le impone también la pérdida del derecho a obtener subvenciones, ayudas públicas y beneficios fiscales de la Seguridad Social durante cuatro años y medio. Asimismo, queda inhabilitado para ejercer el derecho de sufragio pasivo mientras dure la condena, y deberá abonar las costas procesales.
La juez ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión por un periodo de dos años, siempre que no vuelva a delinquir y cumpla con el pago de la indemnización fijada. En caso de incumplimiento de estas condiciones, se revocará la suspensión.
La sentencia ha sido declarada firme en el acto del juicio oral, celebrado tras la conformidad de todas las partes, y no es recurrible por razones de fondo.
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