Condenado por robar con violencia en una tienda de Adra y causar lesiones a la dependienta
En el juicio, el acusado negó haber ejercido violencia, aunque admitió que “antes se dedicaba a hurtar ropa”
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El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha dictado una sentencia condenatoria contra M.S.G., un joven natural de Almería, por su participación en un robo con violencia ocurrido en abril de 2018 en una tienda de ropa ubicado en la calle Natalio Rivas del municipio de Adra. La juez le considera autor de un delito de robo con violencia y de un delito de lesiones, por el que la empleada del comercio sufrió importantes secuelas físicas y psicológicas.
Los hechos ocurrieron el 17 de abril de 2018, sobre las 20:30 horas, cuando el acusado, de común acuerdo con otra persona no identificada, acudió a la tienda con un plan preconcebido para sustraer ropa. Mientras su acompañante se apropiaba de varias prendas, el acusado agarró y empujó con fuerza a la dependienta, haciéndola caer al suelo tras golpearla contra la esquina de una mesa. Acto seguido, ambos huyeron con el botín.
En total, se llevaron 17 camisetas de la marca 'Good for Nothing' y dos chándales de la marca 'Sinner', valorados pericialmente en 894,81 euros. La empleada, tras ser agredida, resultó con lesiones que requirieron 57 días de curación, durante los cuales estuvo impedida para sus ocupaciones habituales y precisó tratamiento médico con analgésicos, antiinflamatorios, relajantes musculares y fisioterapia.
Como secuelas permanentes, la víctima sufre algia postraumática cronificada, síndrome cervical asociado y una agravación de artrosis previa, lo que ha derivado en una pérdida leve de calidad de vida, baremada en cinco puntos.
En el juicio, el acusado negó haber ejercido violencia, aunque admitió que “antes se dedicaba a hurtar ropa” y que es posible que ese día entrara en el comercio y se llevara algunas prendas, sin recordar con exactitud lo ocurrido. Afirmó que nunca ha agredido a nadie para robar.
Frente a esta versión, el tribunal otorga plena credibilidad al testimonio de la víctima, quien ha mantenido una versión firme y coherente desde el primer momento. Almudena Criado, trabajadora del local, declaró que reconoció al acusado en un reconocimiento fotográfico realizado ante la Guardia Civil pocos días después del suceso. Aunque en el juicio, seis años después, mostró dudas, indicó que al verlo de nuevo había revivido lo ocurrido y lo identificó como el agresor.
Según su relato, mientras uno de los autores se probaba una camiseta, el otro —el acusado— lo cubría dentro del probador. Cuando trató de impedir el robo, fue violentamente empujada por el acusado, lo que le provocó las lesiones ya descritas. La víctima añadió que hasta la fecha del juicio sigue de baja médica, y ha necesitado tratamiento continuado.
El dueño del establecimiento, que no estaba presente durante los hechos, reclamó la totalidad del valor de las prendas sustraídas, y aportó el correspondiente ticket de compra y tasación pericial.
En la sentencia se reconoce que la investigación ha sufrido dilaciones indebidas no atribuibles al acusado, pero ello no impide que el tribunal declare acreditada su responsabilidad penal. El fallo señala que sus propias manifestaciones en el juicio refuerzan la hipótesis acusatoria, ya que no niega haber estado en la tienda ese día ni haberse llevado ropa.
La juez considera que concurrieron todos los elementos del robo con violencia y del delito de lesiones, y fundamenta su condena en la solidez del testimonio de la víctima, el reconocimiento fotográfico realizado en sede policial, y las lesiones objetivadas en informes médicos y forenses.
La sentencia establece la culpabilidad de M.S.G. por ambos delitos, y le impone dos años de cárcel por el delito de robo con violencia en local abierto al público, que también conlleva una orden de alejamiento de 200 metros durante tres años respecto de la dependienta, y el pago de una lulta de cuatro meses, a razón de seis euros diarios por el delito de lesiones. A su vez, deberá indemnizar con 2.980 euros a la agredida y con 894,81 euros al dueño del local por las prendas sustraídas.
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