Confirman la pena al condenado por introducir pimientos en la vagina de su pareja
Tribunales
También la amenazaba con matarla a ella o a sus hijos si lo dejaba o lo denunciaba a la Guardia Civil
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Almería/El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a penas que suman 29 años y cuatro meses de prisión a un hombre condenado por la Audiencia de Almería por maltratar, lesionar, y agredir sexualmente a su compañera sentimental, a la que llegó a introducir "pimientos picantes" y sal por su vagina.
El fallo del alto tribunal ratifica la sentencia que declaró probado que durante los tres años de convivencia de la pareja, especialmente durante el último, el acusado controló en todo momento a la víctima, a la que preguntaba con quién hablaba, y a la que llamaba para ver dónde estaba, de forma que la insultaba si no le cogía el teléfono.
Además, tras cualquier discusión, la hacía pasar al dormitorio y, tras advertir a los tres hijos de la mujer de que no entrasen, le propinaba puñetazos o le golpeaba la cabeza contra la pared.
En una de estas discusiones por "celos", tras pegarle salió de la habitación y regresó con un cuchillo, que le puso en el cuello al menos en dos ocasiones mientras que le decía: "Te mato".
También la amenazaba con matarla a ella o a sus hijos si lo dejaba o lo denunciaba a la Guardia Civil.
El 11 de junio de 2020 se produjo una de estas agresiones en el dormitorio, y tras volver a manifestarle que la mataría mientras le colocaba el cuchillo en el cuello, impidió que la víctima se fuese, la desvistió y la agredió sexualmente.
Nuevamente, el 23 de noviembre de dicho año se repitió una agresión de este tipo, pero en esta ocasión regresó con unos "pimientos picantes" y sal, y tras quitarle parte de la ropa se los introdujo por la vagina.
La víctima sufrió diferentes lesiones en sus genitales por la introducción de estas hortalizas, y además presentaba una herida circular que podía ser "compatible con quemadura de cigarrillo".
Al día siguiente, por último, volvió a golpearla mientras le insistía en que tenía que decirle "con quién estaba, porque si no, ese día se iba a enterar".
Por estos hechos, la Audiencia de Almería condenó a dos años de prisión al hombre por un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia sobre la mujer; a diez años de cárcel por un delito de agresión sexual; a catorce años de presidio por otro delito de agresión sexual; a dos años y medio de prisión por un delito de lesiones agravadas, y a diez meses de cárcel por un delito de lesiones.
Además, le fueron impuestas distintas órdenes de alejamiento y medidas de libertad vigilada, junto al pago de indemnizaciones por valor de 60.600 euros por las lesiones y daños morales ocasionados a la mujer.
Posteriormente, fue esta pena fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al ver que la valoración del testimonio de la víctima como "creíble y convincente" por parte de la Audiencia de Almería es correcto, ya que "no se atisban ni se alegan siquiera motivos de malquerencia, interés en perjudicar ilícitamente al acusado u otro móvil espurio que pudiera haber conducido a la denunciante a imputar a éste los graves hechos aquí enjuiciados".
Ahora, el TS dice que el nuevo recurso, meramente "reiterativo" de la previa apelación, "carece de sustento, parte de tergiversaciones del contenido de diversas actuaciones procesales y de invocación de parciales contenidos insertos en dictámenes periciales que nada acreditan, sin que en ningún momento el conjunto de esa impugnación, posibiliten cuestionar mínimamente los racionales criterios que conducen" a la condena.
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