Un jurado declara de nuevo culpable al acusado de matar a la lotera de Albox
A diferencia del primer juicio, el tribunal popular ha apreciado la circunstancia atenuante de drogadicción
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Un jurado popular ha declarado culpable de un delito de homicidio y otro de robo con violencia en casa habitada a Alberto G. F., el hombre acusado de matar a puñaladas a una vendedora de lotería en Albox en septiembre de 2021, tras la repetición del juicio ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El veredicto, leído este miércoles por la tarde en la Audiencia de Almería, considera probado por una mayoría de ocho votos que el acusado acabó con la vida de la víctima y se apoderó de sus pertenencias.
No obstante, a diferencia del primer juicio, el tribunal popular ha apreciado la circunstancia atenuante de drogadicción, al considerar probado por seis votos que el procesado tenía sus capacidades "ligeramente disminuidas" por el consumo de estupefacientes.
Los miembros del jurado han fundamentado su decisión en una extensa motivación fáctica para evitar los defectos de forma que anularon la anterior condena de 17 años. En su acta, han considerado determinante el hallazgo de restos biológicos bajo las uñas de la víctima; los análisis de ADN coincidieron con el perfil genético del acusado.
El jurado ha descartado explícitamente que dicho rastro pudiera pertenecer a familiares directos del procesado, basándose en la investigación de la Guardia Civil que certificó que el padre de Alberto G. F. falleció hace más de 30 años y que su hermano residía en otra localidad sin relación con la finada.
Otro de los "elementos de convicción" centrales destacados en el veredicto ha sido una conversación telefónica interceptada tras el crimen. Según recoge el acta, el acusado realizó una llamada a su madre tras sufrir un accidente de tráfico con un coche robado, en la que le pidió "que le comprara dos chándales y que quemara toda la ropa", una petición que "sólo tiene sentido si pensaba que tenía restos de sangre de la víctima en la ropa", lo que ha servido para desvirtuar su presunción de inocencia.
El relato de hechos probados establece que el crimen ocurrió la madrugada del 9 al 10 de septiembre de 2021. El acusado acudió a la vivienda de la víctima, situada a escasos 200 metros de la suya, y al ser conocidos, la mujer le abrió la puerta voluntariamente, un extremo que el jurado ha validado al constatar que el candado de la cancela estaba intacto y la víctima vestía ropa interior y una toalla. Una vez en el interior, le asestó múltiples puñaladas en el cuello y tórax que le provocaron un shock hemorrágico fatal.
El veredicto también declara probado el robo. El jurado ha concluido que Alberto G. F. conocía que su vecina guardaba dinero en efectivo por su actividad como lotera y, tras el ataque, sustrajo un bolso con documentación, dinero no cuantificado y dos teléfonos móviles. La motivación del robo se ha sustentado en la situación económica del acusado y su necesidad de obtener fondos para el consumo de sustancias, habiendo reconocido él mismo haber consumido alcohol, marihuana y cocaína ese día.
Tras la lectura del veredicto, que se ha opuesto por mayoría de siete votos a la suspensión de la pena o a la solicitud de indulto, el Ministerio Fiscal y la acusación particular, ejercida por el letrado Roberto Muiño, han mantenido sus peticiones de condena, aunque deberán ajustarse a la nueva atenuante apreciada.
Por su parte, la defensa del procesado, a cargo del abogado José Luis Martínez, ha anunciado su intención de recurrir nuevamente la sentencia ante el TSJA. El letrado considera que, pese a la mayor extensión en la motivación del jurado en esta segunda vista, persisten bases para impugnar el fallo ante el alto tribunal andaluz.
El juicio ha quedado visto para sentencia, a la espera de que la magistrada presidenta, María Soledad Balaguer, dicte la pena definitiva en los próximos días.
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