Certamen Jóvenes Artistas Realistas Españoles
Una licencia que implica un seguro de responsabilidad civil por daños
En Andalucía se consideran perros potencialmente peligrosos (PPP) aquellos que pertenezcan a las razas Pitt Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu y Doberman.
Además, tienen la calificación de animales potencialmente peligrosos Los perros incluidos dentro de una tipología racial que, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las persona; aquellos hayan sido adiestrados para el ataque; y los que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y hayan sido objeto de, al menos, una denuncia por dicha circunstancia o que hayan protagonizado agresiones a personas o ataques a otros animales.
La tenencia de cualquier animal de compañía definido como potencialmente peligroso en el artículo 2 del Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, requerirá la previa obtención de una licencia administrativa, que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia de quien la solicite.
Para obtener la licencia se debe ser mayor de edad, No haber sido condenada por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública; disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Además, en el caso de que la licencia sea para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, la superación de un curso específico sobre adiestramiento básico de perros potencialmente peligrosos, organizado por un Colegio Oficial de Veterinarios, o por Asociación para la Protección de los Animales o Federación o Asociación de Cría y Adiestramiento de perros, debidamente reconocidas, e impartido por adiestradores acreditados.
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