Once años de prisión por agredir a una menor de 14 años y difundir el vídeo en Instagram en Almería

A la víctima la conocía tras haber mantenido una relación virtual durante casi un año con ella

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Audiencia Provincial de Almería.
Audiencia Provincial de Almería. / D.A.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha dictado una severa sentencia condenatoria contra un joven acusado de agredir sexualmente a una menor de 14 años y de atentar contra su intimidad al grabar el acto y difundirlo posteriormente. El fallo impone una pena total de once años de prisión: siete por la agresión sexual y cuatro por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Los hechos probados relatan que el procesado acudió al domicilio de la víctima, a la que conocía tras haber mantenido una relación virtual durante casi un año. Aprovechando que la menor se encontraba sola, la llevó a una habitación y, pese a la negativa de esta, la penetró analmente mientras grababa la escena con su teléfono móvil sin que ella lo supiera. Posteriormente, el vídeo fue distribuido a través de un perfil de Instagram que la policía logró vincular al acusado gracias a una fotografía de la calle donde residía.

El tribunal ha sido contundente al rechazar la defensa del acusado, quien alegó desconocer la edad de la víctima y sostuvo que la relación fue consentida. Los magistrados aplican la doctrina de la "ignorancia deliberada", señalando que el joven sabía que la chica acudía al instituto y conocía a sus amigas, por lo que "pudo y debió informarse" sobre su edad real, asumiendo el riesgo al no hacerlo. Asimismo, la sentencia descarta cualquier atenuante por consentimiento, recordando que la asimetría de madurez y edad (19 frente a 14 años) impide aplicar las excepciones legales previstas para relaciones entre adolescentes.

Además de la pena privativa de libertad, el fallo establece una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima durante 15 años, así como una medida de libertad vigilada de diez años tras su salida de prisión. El condenado deberá indemnizar a la menor con 30.000 euros por el daño moral causado, agravado por la difusión de las imágenes en su entorno escolar. No obstante, el tribunal lo ha absuelto de otro delito de revelación de secretos relativo a unas fotografías íntimas enviadas durante la relación, al no poder acreditarse con certeza que fuera él quien las difundió.

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