Un puñetazo por la visera abierta del casco: condenado tras una violenta discusión de tráfico en Almería
La Audiencia Provincial ratifica la multa y el pago de indemnizaciones al agresor, aunque le absuelve de haber herido también a la acompañante de la moto
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha puesto punto final al recorrido judicial de un violento altercado de tráfico ocurrido en pleno centro de la capital. El tribunal ha confirmado la condena por un delito leve de lesiones contra un hombre que, tras una acalorada disputa, le asestó un certero puñetazo en la cara a un motorista, aprovechando el hueco que dejaba la visera levantada de su casco protector.
Los hechos juzgados se remontan al 28 de junio de 2025. Según relata la sentencia firme, la víctima circulaba en su motocicleta junto a su pareja y, al llegar a la altura del número 3 de la céntrica Plaza Emilio Pérez, se cruzó con el acusado. Un lance del tráfico, descrito textualmente en la resolución como "una discrepancia en el modo de conducir", encendió los ánimos de ambos conductores, derivando en un fuerte enfrentamiento verbal.
La tensión escaló rápidamente hasta llegar a las manos. Con la clara intención de agredirle, el acusado se acercó al motorista y soltó un fuerte puñetazo que impactó de lleno en su rostro, sorteando la protección integral gracias a que el conductor tenía la visera subida en ese momento. El golpe fue de tal contundencia que llegó a provocar la rotura del casco.
A nivel físico, la peor parte se la llevó el pómulo derecho de la víctima, donde sufrió una herida transfixiante. El parte del médico forense acreditó que el hombre necesitó diez días completos para recuperarse (ocho de perjuicio básico y dos de perjuicio moderado).
La excusa de la falta de pruebas y el dolor "subjetivo"
El Juzgado de Instrucción nº 1 de Almería impuso al agresor el pago de una multa de 360 euros al Estado (60 días a 6 euros diarios) y le obligó a compensar a su víctima con 400 euros por las lesiones físicas, a lo que habrá que sumar el importe íntegro de un casco nuevo una vez sea tasado judicialmente.
No obstante, el agresor se libró de una doble condena. Durante el juicio, la pareja del motorista, que viajaba como 'paquete', también denunció haber sido golpeada en el tumulto, pero el magistrado absolvió al acusado de este segundo ataque. La justificación técnica fue que las lesiones de la mujer no estaban objetivadas ni corroboradas clínicamente, basándose únicamente en "meras manifestaciones y dolor subjetivo".
A pesar de esta absolución parcial, el abogado del condenado recurrió ante la Audiencia Provincial pidiendo su libre absolución bajo la clásica excusa de que se había valorado mal la prueba y se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. Los magistrados han tumbado este recurso con rotundidad. La sentencia subraya que el testimonio del motorista agredido goza de plena validez al estar respaldado por el informe forense. Con este fallo definitivo, el agresor tendrá que abonar todo el dinero estipulado además de las costas del proceso en ambas instancias.
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