Ratificada la condena al conductor que provocó un accidente mortal en la Rambla de Almería en 2017
Tribunales
El siniestro se saldó con el fallecimiento de una mujer de 38 años tras conducir de forma temeraria y huir del lugar sin socorrer a las víctimas
Piden que se anule por segunda vez la sentencia por el accidente mortal de la Rambla en 2017
La Audiencia de Almería ha confirmado la condena de 5 años y 7 meses de prisión impuesta a un hombre que el 8 de enero de 2017 provocó un accidente en el que falleció una mallorquina de 38 años y otras tres personas resultaron heridas graves, tras conducir de forma temeraria y huir del lugar sin socorrer a las víctimas.
El tribunal ha desestimado los recursos de apelación interpuestos por la defensa del acusado, I.F.B., la aseguradora responsable civil directa y uno de los perjudicados, confirmando la sentencia dictada en marzo de 2023 por el Juzgado de lo Penal número 5 de Almería, la segunda después de que se ordenase repetir el juicio contra el acusado por falta de parcialidad en el primer fallo.
Los hechos probados recogen que el acusado circulaba a gran velocidad por la avenida Federico García Lorca de Almería, saltándose varios semáforos en rojo y obligando incluso a otros vehículos a maniobrar bruscamente para evitar colisiones.
A la altura de la confluencia con la calle Poeta Paco Aquino, colisionó violentamente con un Ford C-Max ocupado por cinco personas, causando la muerte de una de ellas y heridas graves al resto. Posteriormente impactó con otro coche estacionado y abandonó la zona a pie, sin interesarse por el estado de los ocupantes del vehículo ni alertar a los servicios de emergencia.
La mujer fallecida, que viajaba en el asiento central trasero sin cinturón de seguridad, era pareja de uno de los heridos y madre de una niña de 15 meses que también se encontraba en el turismo siniestrado.
La sentencia recoge que la ausencia del cinturón agravó el desenlace fatal, lo que motivó una reducción del 20 % en las indemnizaciones correspondientes.
El acusado fue condenado como autor de un delito de conducción temeraria en concurso con homicidio imprudente y lesiones por imprudencia grave, así como por un delito de omisión del deber de socorro.
Por estos hechos, se le impusieron penas que suman 5 años y 7 meses de prisión, además de la pérdida del permiso de conducir por 7 años y 6 meses y una multa de 17 meses con cuota diaria de 10 euros.
El tribunal ha considerado la atenuante simple de dilaciones indebidas debido a que el procedimiento se ha prolongado durante más de seis años.
Indemnizaciones a los perjudicados
En el ámbito civil, tanto el acusado como la compañía aseguradora deberán indemnizar a los perjudicados en distintas cuantías, que ascienden a más de 350.000 euros. Entre las indemnizaciones destacan los más de 100.000 euros para la pareja de la víctima y más de 150.000 para su hija menor de edad.
La defensa del acusado solicitaba la nulidad de la sentencia alegando la utilización de términos jurídicos en los hechos probados, así como la inaplicación de la atenuante de confesión.
No obstante, la Sala ha rechazado estos argumentos, señalando que las expresiones empleadas no son exclusivamente técnicas y que el acusado no aportó ningún dato útil para la investigación, permaneciendo oculto durante horas tras el accidente hasta ser localizado por la Policía.
Por su parte, la aseguradora apelante cuestionaba, entre otras cuestiones, el porcentaje de reducción aplicado a las indemnizaciones y la imposición del interés legal por mora.
La Audiencia ha ratificado ambos extremos, subrayando que fue el comportamiento "extraordinariamente peligroso" del conductor lo que causó el siniestro, y que la aseguradora no puede decidir unilateralmente reducir las compensaciones sin resolución judicial que lo avale.
El fallo de la Audiencia Provincial es firme salvo recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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