Una revista científica recoge una tesis doctrinal sobre responsabilidad subsidiaria de las redes sociales en delitos penales

El periodista y abogado Javier Salvador propone la equiparación a los medios de comunicación en los delitos enjuiciados por la vía penal

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Redes sociales
Redes sociales / Nathana Rebouças, Unsplash
Redacción

21 de enero 2025 - 15:10

Contemplar la responsabilidad civil subsidiaria de las redes sociales como Instagram, Facebook, X u otras en los casos en que, hecha la injuria o la calumnia en la plataforma, el autor de la publicación sea insolvente ante la víctima y no pueda asumir el importe con el que reparar el daño causado por sus actos. Es decir, equiparar las redes sociales a los medios de comunicación, dado que existe una sustitución de hecho. Esta es la teoría que el letrado del Colegio de Abogados de Almería, Javier Salvador, y periodista con más de treinta años de ejercicio activo, desgrana y argumenta en un artículo doctrinal publicado por la revista científica de derecho DOCRIM en su último número de 2024.

“Cuando una persona publica un comentario a modo de supuesta noticia u opinión que injurie o calumnie a un tercero, siempre argumentará en su defensa el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Pero ese derecho, que recoge el artículo 20 de la Constitución, también tiene sus límites en el respeto a los derechos de los demás, al honor, la intimidad, la propia imagen y, algo terriblemente importante y necesario, la protección de la juventud. Los periodistas somos conscientes de ello, de esas reglas de juego que en las redes sociales no se respetan”, explica Salvador para concluir que la vía para solucionar el problema está en la equiparación real. Así, entiende que solo en el momento en que las redes sociales tengan que soportar las mismas reglas de juego que los medios de comunicación ante los tribunales, tomarán las medidas necesarias para que sus algoritmos frenen los bulos, las incitaciones al odio, las injurias o las calumnias, en vez de actuar como incentivadores de tráfico orgánico, independientemente del contenido.

Bajo el título de “Redes sociales versus Medios de Comunicación, mismo fin, distinta responsabilidad. Aplicación del principio de responsabilidad civil subsidiaria de los delitos contra el honor en Redes Sociales” y a lo largo de más de 12.000 palabras, el trabajo doctrinal publicado en DOCRIM hace un leve repaso sobre las medidas que se toman en otros países, como la exención de responsabilidad en Estados Unidos tras condenas de más de 100 millones de dólares, o las estrictas leyes antidifamación de Reino Unido. Llama especialmente la atención la ausencia de jurisprudencia española en este sentido, dado que solo se conoce una condena a YouTube como responsable civil subsidiaria, si bien fue absuelta en casación por un error procesal en la instrucción.

Para el autor de la investigación, en España las redes sociales se encuentran perfectamente integradas en el escenario que el legislador imaginó a la hora de redactar el artículo 120.2 del Código Penal, que dice textualmente: “Las personas naturales o jurídicas titulares de editoriales, periódicos, revistas, estaciones de radio o televisión o de cualquier otro medio de difusión escrita, hablada o visual serán responsables de los delitos cometidos utilizando los medios de los que sean titulares”. Así, Salvador entiende que no se precisa una legislación nueva o a medida para acabar con este escenario de desinformación, bulos y odio en el que algunos, y no precisamente jóvenes, han convertido las redes sociales. “Son los jueces quienes, en primera instancia, deben aceptar que las redes sociales sean llamadas como responsables civiles subsidiarios. Si no son ellos, será el legislador quien se apunte el tanto, y camino de ello estamos, porque la modificación del derecho de réplica no es más que equiparar, una vez más, las redes sociales a los medios de comunicación”, concluye.

Javier Salvador comparte número en la revista DOCRIM con Diana Salazar, Fiscal General del Estado de la República del Ecuador, que presenta un trabajo doctrinal sobre “Enfoques criminológicos feministas: Un aporte para el diseño de políticas públicas”. En la transición hacia la abogacía del periodista fundador de medios como Teleprensa.com, primer digital de la provincia, y la edición de El Mundo en Almería, quien durante años se encargó de las páginas de sucesos y tribunales de IDEAL o La Crónica, tratará de llevar esta doctrina a los juzgados españoles de la mano de Aránguez Abogados, despacho a cuya disciplina se incorpora desde enero de 2025.

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