El Supremo cierra el caso del asesinato de Inmaculada en Roquetas
Ratificada la condena a 28 años de prisión para Diong C., que la mató a golpes con una piedra tras acosarla durante semanas
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El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia firme la condena a 28 años de prisión impuesta a Diong C., autor del brutal asesinato de su expareja, Inmaculada N.M.O., a la que atacó con una piedra de hormigón de cinco kilos en plena calle, en Roquetas de Mar, tras semanas de acoso y amenazas. La Sala de lo Penal rechaza así todos los argumentos del recurso interpuesto por el condenado y da por probada una conducta marcada por el desprecio, el hostigamiento y la voluntad de dominación sobre la víctima.
La sentencia, notificada este mes de julio, pone fin al recorrido judicial del caso y ratifica en su integridad el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Almería en octubre de 2023 y confirmado por el TSJA en 2024, tras un juicio con jurado celebrado en la Sección Tercera. El ponente del Supremo ha sido el magistrado Antonio del Moral García.
El crimen ocurrió entre las 23:45 del 5 de junio y las 00:16 del 6 de junio de 2021, cuando el acusado, que sabía a qué hora salía Inmaculada del trabajo, la esperó en la calle Pintor Rosales. Una vez allí, la golpeó por sorpresa con una piedra de hormigón y le propinó múltiples golpes en la cabeza y en el rostro “con saña”, provocándole un traumatismo craneofacial severo y una hemorragia subdural traumática que le causaron la muerte en el acto.
El Supremo respalda de forma rotunda la valoración de las pruebas: una chaqueta del acusado apareció junto al cadáver, con ADN suyo y sangre de la víctima; la geolocalización de su móvil lo sitúa en la escena; y una testigo lo vio acechando justo antes del ataque. El tribunal descarta cualquier hipótesis alternativa como “inverosímil” y reprocha al recurso su tono “repetitivo” y sin fundamento.
Antes del asesinato, Diong C. ya había sido condenado por quebrantamiento de condena al incumplir una orden judicial que le prohibía acercarse a Inmaculada. Pese a ello, tras salir de prisión, y entre abril y junio de 2021, la acosó de forma sistemática, acudiendo a sus domicilios, golpeando su puerta, esperándola, siguiéndola y presionando a su entorno para que retomara la relación.
“El acusado actuó con absoluto desprecio por su condición de mujer, al creerse con derecho a doblegar su voluntad”, señala el fallo, que califica los hechos como asesinato con agravantes de parentesco y discriminación de género.
La condena ratificada impone 25 años de prisión por asesinato, 2 años por coacciones en el ámbito de la violencia de género y 1 año más por quebrantamiento de condena con reincidencia. También se fija una medida de alejamiento de 500 metros durante 30 años respecto a los tres hijos de la víctima, a los que deberá indemnizar con 100.000 euros a cada uno, en concepto de daño moral.
El recurso del acusado alegaba vulneraciones de derechos fundamentales, dudas sobre las pruebas y errores de motivación, pero el Supremo considera que la condena está plenamente fundamentada, tanto en hechos como en derecho, y confirma su responsabilidad penal sin fisuras. “No cabe duda razonable”, concluye.
La sentencia ya es firme y no admite más recursos.
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